Imparcialidad judicial. Una modesta proposición

No corren en España buenos tiempos para la Justicia y, sobre todo, para la percepción sobre la imparcialidad de los órganos judiciales. Se suele afirmar que, tan importante como su imparcialidad (“falta de designio anticipado o de prevención en favor o en contra de alguien o algo, que permite juzgar o proceder con rectitud”), es la apariencia de imparcialidad. Apariencia de no estar a favor o en contra de ninguna de las partes en un procedimiento judicial.