La sección sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña ha condenado a diez años y medio de prisión a la cuidadora de una menor, nacida en 2007, por agredirla sexualmente de forma continuada durante el curso escolar 2018/2019. Los magistrados consideran probado que la acusada aprovechó que la víctima quedaba bajo su cuidado para cometer los hechos «de manera reiterada y repetida en el tiempo». «La Sala la considera autora de un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, tipificado en el artículo 181.1 y 3 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley 10/2022, al resultar más favorable para la acusada, con aplicación del subtipo agravado del artículo 192.2», precisa el TSXG en un comunicado. Además de la pena de cárcel, la sentencia impone la prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante 15 años, cinco años de libertad vigilada y la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que implique contacto con menores durante un periodo superior en cinco años a la pena de prisión impuesta. En la resolución, el tribunal subraya que la acusada tenía encomendada la guarda y atención de la menor mientras sus familiares trabajaban. Los magistrados destacan que la declaración de la víctima presenta «suficiente solidez, fuste y, en definitiva, eficacia probatoria» para destruir la presunción de inocencia, y que está respaldada por el resto de la actividad probatoria practicada. Por ello, concluyen que existe «prueba bastante para la demostración de los hechos enjuiciados». La Audiencia también condena a la acusada al pago de una indemnización de 25.000 euros por el «sufrimiento anímico y emocional» causado a la menor, teniendo en cuenta la naturaleza de los hechos, el tiempo durante el que se prolongaron y el estado actual de afectación de la víctima. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el TSXG.