La Audiencia da carpetazo definitivo al caso del AVE a La Meca de Abengoa

La Audiencia Provincial ha dado carpetazo definitivo al caso del AVE a La Meca . El juez ha desestimado el recurso de los afectados de Abengoa y, por tanto, ratifica el archivo de la causa tras no acreditarse manipulación en las cuentas relacionadas con este proyecto . El expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y otra decena de directivos fueron acusados de f alsear los números para cobrar un bonus . Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla decidió archivar esta denuncia en 2023 al considerar que no quedaba acreditada esa supuesta manipulación. Ahora este nuevo auto, que rechaza el recurso de interpelación interpuesto por la Asociación de Perjudicados de Abengoa, es firme   y contra él no cabe recurso , según el documento consultado por ABC. En 2018, la denuncia alertaba de la supuesta manipulación de las cuentas de dos proyectos del AVE a La Meca y avisaba de una presunta falsa imagen de rentabilidad con el objetivo de que los directivos cobrasen unos bonus . También avisaban de facturas ficticias y de la supuesta alteración de los flujos de caja para maquillar la situación de las filiales que participaban en el proyecto como son Abeinsa Ingeniería, Inabensa y Construcción Industrial. El primer juez, apoyado en un informe de Auren Consultores, consideró que las retribuciones cobradas no constituían un aliciente como para realizar manipulaciones contables y confirmó que se habían cumplido las normas de contabilidad como norma general. «Se termina con una larga instrucción en la que se ha logrado demostrar la inexistencia de la menor sombra de duda de que pudiere existir el menor delito en las cuentas de Abengoa» , han valorado los abogados de Constitución 23 Manuel Pérez Cuajares y Juan Carlos Alférez, ambos defensores de los directivos de Abengoa. Asimismo, añaden que «el impecable funcionamiento de nuestra justicia local, demuestra, una vez más, que el derecho penal debe quedar reservado para asuntos de verdadera naturaleza penal y no para discutir extremo que claramente pertenecen a otro órdenes jurisdiccionales».