El conflicto entre los usuarios afectados por las obras de ampliación de la AP-9 en el Puente de Rande , que generó importantes retenciones entre 2015 y 2018, y la concesionaria de la autopista, Audasa, se aproxima a su resolución tras la última providencia del Tribunal Supremo, que rechaza el recurso de la empresa que alegó la «vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva» para evitar devolver los peajes a los conductores. «La invocación formal de un derecho constitucional no permite promover este incidente excepcional para intentar reabrir una controversia ya resuelta», señala el Supremo en el auto al que ha tenido acceso Europa Press, lo que supone que los derechos fundamentales de Audasa no han sido vulnerados en la sentencia recurrida, que le obliga a devolver con intereses los peajes a los usuarios afectados por las retenciones más graves que se produjeron durante las citadas obras. Pese a que todavía cabe la posibilidad de que Audasa acuda al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo, desde la asociación que impulsó la causa junto a la Fiscalía, En-Colectivo, celebraron ayer de «forma muy positiva y esperanzadora» el pronunciamiento del Supremo, considerando que «desmonta de forma contundente el argumento esgrimido por la concesionaria y deja claro que e l procedimiento se desarrolló con todas las garantías , sin que exista lesión alguna de derechos fundamentales». «Para En-Colectivo, este pronunciamiento refuerza aún más la solidez jurídica de la sentencia y consolida el derecho de los miles de usuarios afectados a recuperar lo pagado indebidamente, con los intereses correspondientes», señalaron ayer en un comunicado. Respecto al posible recurso de amparo ante el Constitucional, la asociación mantiene que ve «difícil» que prospere atendiendo a la «contundencia de la providencia del Supremo» y al hecho de que el recursos carece de «contenido constitucional real». «Confiamos en que Audasa abandone definitivamente la vía de la dilación y p roceda a devolver cuanto antes el dinero a los usuarios, que llevan años esperando justicia», aseveró el presidente de En-Colectivo, Diego Maraña. A expensas de lo que ocurra con el Constitucional, la sentencia del Supremo supone un precedente que podría afectar tanto a esta como a otras concesionarias a la hora de cobrar peajes íntegros en situaciones excepcionales si, como en el caso del Puente de Rande, si no se proporciona suficiente información sobre el estado del tráfico con la antelación necesaria para que los usuarios afectados tengan la posibilidad de optar por otra vía de transporte.