Aceptar una herencia es un proceso que puede acarrear problemas financieros, legales y familiares si no se aborda con la información adecuada. Una abogada de Vilches Abogados ha explicado en la cuenta @vilchesabogados siete consejos fundamentales que se deben tener en cuenta antes de tomar una decisión, con el objetivo de evitar complicaciones en un momento ya de por sí delicado. El primer paso, y uno de los más importantes, es evaluar si conviene aceptar o rechazar la herencia. La experta subraya que "no todas las herencias son beneficiosas, algunas pueden traer más deudas que bienes". Por ello, es crucial realizar un análisis previo del patrimonio del fallecido para determinar si los activos superan a las posibles deudas existentes. Si existen deudas, la opción más segura es aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esta fórmula permite al heredero responder a las deudas únicamente con los bienes que forman parte de la herencia, sin comprometer su patrimonio personal. Como señala la abogada, "si hay deudas, puedes aceptar la herencia a beneficio de inventario y responder solo con los bienes heredados". Esta modalidad se contrapone a la aceptación pura y simple, en la que el heredero asume todas las deudas del fallecido y responde de ellas tanto con los bienes heredados como con los suyos propios. La aceptación a beneficio de inventario se convierte así en un mecanismo de protección fundamental para evitar sorpresas financieras desagradables. Otro aspecto a gestionar son los gastos asociados al proceso. La letrada recuerda que ciertos costes, como los del entierro o el sepelio, deben ser asumidos por la propia herencia, por lo que los herederos pueden reclamar su derecho a que estos se cubran con el caudal hereditario. También se deben tener en cuenta los gastos que haya podido realizar cada heredero para poder reclamarlos durante la tramitación. En ocasiones, surgen conflictos con herederos que no aceptan la herencia o simplemente no se pronuncian. Ante esta situación, la ley ofrece una solución: se puede requerir a estas personas a través de un notario para que tomen una decisión, según lo estipulado en el artículo 1005 del Código Civil. Una valoración correcta de los bienes heredados es clave para asegurar una distribución justa y equitativa. Además, tiene importantes efectos fiscales, ya que, según la abogada, "en ocasiones nos puede compensar más acudir a un valor de mercado en aras de evitar posteriores plusvalías" al vender dichos bienes. Finalmente, si los desacuerdos persisten, la experta recomienda buscar la asesoría de un abogado especialista, ya que "un acuerdo extrajudicial es la forma más efectiva y justa de resolverlos". Aceptar una herencia en España implica hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, un gravamen gestionado por las comunidades autónomas. Su cuantía varía notablemente según la región de residencia, el grado de parentesco con el fallecido y el importe del patrimonio heredado. Algunas regiones aplican importantes bonificaciones que pueden llegar a eximir del pago a los parientes más cercanos. La normativa establece cuatro grupos de parentesco que determinan las reducciones y coeficientes a aplicar. El Grupo I incluye a descendientes y adoptados menores de 21 años, mientras que el Grupo II engloba a los mayores de esa edad, cónyuges y ascendientes. Los Grupos III y IV comprenden a parientes colaterales más lejanos, como hermanos, tíos, sobrinos o primos. El cálculo del impuesto parte del valor neto de los bienes heredados, al que se le restan las cargas y deudas. Sobre esa base se aplican las reducciones y porcentajes fijados por cada comunidad autónoma, junto con coeficientes multiplicadores. El resultado final es la cantidad a pagar, que puede verse reducida por las deducciones y bonificaciones específicas de cada territorio.