Con el 22 de diciembre cada vez más cerca, miles de personas han adquirido ya sus décimos para el Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad. Ante este contexto, FACUA-Consumidores en Acción ha lanzado una advertencia a los usuarios sobre los fraudes más habituales relacionados con la compra y el cobro de décimos y participaciones. Uno de los engaños más frecuentes en estas fechas es el pago de cantidades superiores al precio oficial del décimo, fijado en 20 euros. Esta práctica, además de ilegal, puede esconder intentos de blanqueo de dinero. Desde FACUA se recuerda que aceptar este tipo de ofertas puede acarrear serios problemas, ya que resulta muy difícil justificar el origen de los fondos, lo que podría derivar a su vez en importantes sanciones. Ante cualquier sospecha, la organización recomienda ponerse en contacto con la Policía Nacional o la Guardia Civil. ¿Cómo dejar constancia de un décimo compartido? Una de las grandes tradiciones que acarrea este Sorteo Extraordinario es compartir décimos con familiares, amigos o compañeros de trabajo. Este gesto permite abaratar el coste del décimo y, al mismo tiempo, compartir ilusión y esperanza. No obstante, aunque las personas con las que se comparte el décimo sean de confianza, es fundamental dejar constancia de quiénes son los participantes. FACUA advierte de la necesidad de poder demostrar que tanto el décimo como el premio son compartidos. Para ello, recomienda anotar en el propio décimo los nombres y firmas de los participantes o, en su defecto, enviar una fotografía por WhatsApp o Telegram en la que quede constancia de quiénes comparten el boleto y de la aportación económica de cada uno. ¿Cuál es el plazo para cobrar el premio? Otra de las irregularidades sobre las que alerta FACUA es la imposición de plazos de quince o treinta días para cobrar participaciones premiadas. Conviene recordar que las participaciones de la Lotería de Navidad cuentan con un plazo legal de tres meses para su cobro. Así lo recoge la Instrucción General de Loterías, cuyo artículo 22 establece que "el derecho al cobro de los premios caduca a los tres meses, contados desde el día siguiente al del sorteo al que correspondan". La ley es aplicable independientemente de que la participación haya sido vendida por una asociación, empresa, peña o bar. El plazo para cobrar el premio es el mismo en todos los casos, por lo que, frente a lo que pueda indicar el vendedor, es importante remitirse a la normativa vigente. Error en la impresión de las participaciones FACUA también alerta de la posibilidad de que, una vez conocido un premio, los responsables aleguen haber vendido un mayor número de participaciones del que correspondía a un único décimo. La asociación subraya que "los particulares o empresas que, de forma fraudulenta, hayan dispensado más participaciones de las correspondientes a un solo décimo están obligados por ley a abonar la totalidad del premio a cada uno de los participantes". ¿Es necesario tributar cuando recibimos menos de 40.000 euros? FACUA advierte de que uno de...