El alcalde socialista de Guadalcázar se sentará en el banquillo el próximo año por escuchas ilegales en el Ayuntamiento

Un Juzgado de lo Penal de Córdoba ha señalado para el 16 de noviembre de 2026 la celebración de la audiencia preliminar de la causa abierta contra el actual alcalde de Guadalcázar, Domingo José Reina Serrano (PSOE), acusado de un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos por funcionario público. La sospecha de que había algún tipo de escucha ilegal en el Consistorio de Guadalcázar surgió en el mes de marzo de 2021 originada por un comentario del que entonces era teniente de alcalde -ahora alcalde y procesado Domingo Reina- a través de Whatsapp al instante de ser objeto de una crítica de otros miembros del Pleno en el que pedía «que no se hablara de él ni se le criticara si no era con él enfrente, a la cara». Pero no fue la única coincidencia que hizo saltar las alarmas de una escucha ilegal en el Consistorio de Guadalcázar . Los ediles y el mismo alcalde entonces buscaron desde micrófonos ocultos y cámaras a un chivo expiatorio entre ellos. No era posible que Reina supiera de temas de los que solo los otros habían hablado. Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, los hechos se remontan a esas fechas, cuando el acusado, entonces teniente de alcalde, habría utilizado en numerosas ocasiones su teléfono móvil corporativo para realizar la denominada «llamada silenciosa al panel» del sistema de alarma del Ayuntamiento. De este modo, presuntamente escuchaba conversaciones mantenidas en dependencias municipales entre el alcalde y otros miembros de la Corporación y funcionarios sin su conocimiento ni consentimiento, con el fin de conocer el contenido de conversaciones privadas. La denuncia fue interpuesta el 23 de abril de 2021 por el entonces alcalde, Francisco Estepa, (PSOE) lo que provocó un notable revuelo en esta localidad de la Vega del Guadalquivir de alrededor de 1.500 habitantes. Las sospechas se intensificaron tras varios comentarios del propio teniente de alcalde que evidenciaban conocimiento de asuntos tratados en privado , así como por el análisis de facturas telefónicas municipales, que reflejaban llamadas «invisibles» diarias durante ese mes desde el número corporativo del edil a las salas protegidas por la alarma, reza en el escrito del Ministerio Público. La Fiscalía recoge en su escrito de calificación que el que fuera teniente alcalde entonces está acusado de delito de descubrimiento y revelación de secretos. De este modo, solicita la pena de prisión de dos años y seis meses , multa a veinte meses a razón de 15 euros diarios e inhabilitación absoluta por tiempo de seis años. La causa, instruida en procedimiento abreviado y remitida tras el turno de reparto, llega a esta fase una vez que Fiscalía, acusación particular y defensa han presentado sus respectivos escritos de calificación provisional, proponiendo las pruebas que pretenden practicar en el juicio oral. Conforme al artículo 785 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su redacción tras la Ley Orgánica 1/2025 , la audiencia preliminar servirá para abordar cuestiones como una posible conformidad, la competencia del órgano judicial, eventuales vulneraciones de derechos fundamentales, nulidades o la admisión de pruebas.