Mover dinero de una cuenta bancaria compartida después del fallecimiento de uno de sus titulares ya no es un gesto inocuo. Hacienda, en su apuesta por el control sobre pagos digitales o transferencias, considera que retirar o transferir fondos en ese contexto supone, en muchos casos, una aceptación tácita de la herencia, lo que obliga a pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).