La comisión entiende que la distribuidora eléctrica provocó retrasos tanto en Córdoba como en Jaén donde actuaba prácticamente sin competencia La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 5,08 millones de euros a UFD Distribución Electricidad, S.A., empresa integrada en el Grupo Naturgy, por restringir de forma continuada la competencia en el mercado de instalación de equipos de medida eléctrica. Según la resolución, la distribuidora aprovechó su situación de monopolio natural en la gestión de la red eléctrica en diversas zonas del país, incluyendo específicamente las provincias andaluzas de Córdoba y Jaén, para obstaculizar la entrada de otros operadores entre mayo de 2018 y mayo de 2021. El abuso de posición dominante se concentró en los puntos de medida tipo 3 y 4, un segmento compuesto mayoritariamente por Pymes e industrias conectadas en baja tensión. UFD utilizó su control exclusivo sobre la infraestructura de red para imponer sus propios contadores de telegestión (TG) en régimen de alquiler, bloqueando la instalación de equipos de telemedida (TM) propiedad de terceras empresas o de los propios clientes. Esta estrategia impidió que las Empresas de Servicios de Medida (ESM) pudieran competir ofreciendo soluciones tecnológicas que aportan mayor transparencia y acceso a datos en tiempo real para el consumidor industrial. La investigación de la CNMC determinó que UFD aplicó una interpretación interesada y errónea de la normativa sectorial, exigiendo a terceros requisitos técnicos no previstos legalmente para este tipo de suministros. Estas prácticas derivaron en retrasos injustificados en las altas de equipos de la competencia que, en algunos casos reportados, superaron los 10 meses de media o incluso alcanzaron los 320 días. Además, la compañía empleó comunicaciones calificadas como “agresivas” donde amenazaba a los usuarios cordobeses y jiennenses con el corte del suministro eléctrico si no retiraban los equipos de terceros para instalar los del grupo Naturgy. En provincias como Córdoba, donde UFD opera prácticamente sin rivales en la distribución, los clientes industriales se encontraban en una situación de indefensión al no tener otra vía de conexión a la red. La resolución enfatiza que Naturgy, dada su posición de dominio, tenía la especial responsabilidad de no distorsionar el proceso competitivo en mercados adyacentes. Pese a que la empresa corrigió internamente estas directrices en mayo de 2021, la CNMC considera probado que las conductas causaron un perjuicio real a la libertad de elección de los consumidores y a la innovación en el sector energético. Como consecuencia de esta infracción muy grave, UFD no solo deberá abonar la sanción económica, sino que tendrá prohibido contratar con el sector público en toda España durante un periodo de 4 meses. Asimismo, la resolución impone a la distribuidora la obligación de activar inmediatamente todos los equipos de terceros que se encuentren pendientes de alta en su red y garantizar que no se produzcan nuevas obstrucciones. UFD tendrá que notificar individualmente a los titulares de suministros en Córdoba y el resto de zonas afectadas sobre sus derechos de elección de equipos y publicar las nuevas condiciones en su portal web.