Logroño aprueba la nueva bonificación en el IBI para impulsar al comercio local

El pleno del Ayuntamiento de Logroño ha aprobado este lunes una modificación de la ordenanza fiscal de 2026 que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). La medida tiene como objetivo aplicar una bonificación en locales de uso comercial, siempre y cuando el propietario del inmueble repercuta este descuento en el titular de la actividad y este tenga su domicilio fiscal en la ciudad. El comercio de proximidad se ha consolidado como el corazón económico de La Rioja, una región que cuenta con más de 4.000 establecimientos comerciales que llenan de vida sus calles. De ellos, más de 2.000 se encuentran en Logroño. Este sector no solo es vital por su volumen, sino por su impacto en el empleo, ya que sostiene a más de 10.000 personas y aporta un 7% al PIB de La Rioja. La verdadera esencia, sin embargo, reside en los pequeños negocios, el 94% del tejido comercial riojano está compuesto por empresas de uno a cinco empleados. En Logroño, la influencia del sector es aún más pronunciada, al concentrar el 64% del valor agregado bruto generado por el comercio en la región. Las últimas estadísticas, además, reflejan un cambio de tendencia esperanzador. Aunque de enero a julio de este año cerraron 39 establecimientos, principalmente por jubilación, en el mismo periodo han abierto sus puertas 45 nuevos comercios, corrigiendo la dinámica negativa de los últimos tiempos. La aprobación se ha producido durante una sesión extraordinaria del consistorio. La propuesta ha contado con el voto favorable del PP, la abstención de PSOE y Podemos y el voto en contra de Vox y el Partido Riojano. Además de este asunto, en la misma sesión se han validado cuatro reconocimientos extrajudiciales de crédito. El concejal de Administración Pública, Francisco Iglesias, ha sido el encargado de explicar los pormenores de la modificación. Iglesias ha detallado que se ha admitido parcialmente una de las dos alegaciones presentadas por la Federación de Empresas de La Rioja (FER) a las ordenanzas fiscales, que entrarán en vigor el próximo 1 de enero. En concreto, la propuesta aceptada clarifica la forma de aplicar el descuento. Se ha especificado que la bonificación se hará efectiva tanto si el titular de la actividad comercial es la persona propietaria del local como si es otra persona, caso en el que se deberá repercutir esa bonificación del IBI al titular del negocio.