El Ayuntamiento de Córdoba deberá indemnizar con casi 8.000 euros a una vecina tras una caída en Villarrubia

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 estima parcialmente el recurso de una mujer que sufrió un accidente en mayo de 2023 y limita al 50% la responsabilidad municipal por un desnivel en el acerado causado por las raíces de un árbol El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por una vecina contra el Ayuntamiento de Córdoba por un accidente sufrido en la vía pública en la barriada de Villarrubia y ha reconocido su derecho a percibir una indemnización de 7.998,84 euros en concepto de responsabilidad patrimonial. La sentencia anula la desestimación presunta por silencio administrativo de la reclamación presentada el 7 de mayo de 2024, relacionada con una caída ocurrida el 8 de mayo de 2023 en la acera de la plaza de la Unión de la barriada, en la confluencia con las calles de la Parroquia y de la Pedanía, junto a un paso de peatones. Según recoge la resolución, el accidente se produjo al tropezar por una deficiencia en el acerado. Un informe de la Policía Local incorporado al procedimiento señala que, “por recrecimiento de las raíces de un árbol existente se han levantado en desigual altura las losas de ladrillo amarillo, creando una suerte de desnivel”, que fue considerado “valorables como cierta la deficiencia y el riesgo de caída”. El magistrado ha considerado acreditado el accidente y ha destacado que las fotografías aportadas “evidencian, junto a alcorque circular de árbol, varios adoquines levantados respecto a los demás, por efecto presumible de las raíces de ese árbol”. Ha añadido, además, que, “considerando la uniformidad y cromatismo del pavimento, se puede colegir que es de no fácil percepción”. No obstante, la sentencia limita la responsabilidad municipal al 50%. En ese sentido, el juzgado ha fallado que el defecto era “bastante leve y derivado de la causa natural señalada” y ha subrayado que la actuación municipal no puede valorarse “con exigencia de la perfección en la prestación del servicio (sino de un estándar razonable)”. En cuanto a las consecuencias del accidente, la resolución detalla que la caída provocó una fractura de muñeca izquierda que requirió intervención quirúrgica y dejó secuelas. Tras valorar los informes periciales, el juez ha considerado “más convincente” el elaborado para la aseguradora, por ser “más reciente” y contar con “mayor actualización y elementos valorativos disponibles”. La indemnización total se fija en 15.997,68 euros, pero el Ayuntamiento deberá abonar únicamente el 50%, es decir, 7.998,84 euros. El fallo no impone costas y establece que la indemnización devengará intereses legales desde la fecha de la sentencia. Contra la resolución no cabe recurso.