La Seguridad Social exige, para acceder a la pensión de jubilación, haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos dos deben encontrarse dentro de los 15 años anteriores a la solicitud. Sin embargo, muchas personas no logran cotizar lo suficiente a lo largo de su vida laboral y, al llegar al final de su carrera, se encuentran sin ingresos. Para estas situaciones, existe una pensión de hasta 7.905,80 euros anuales a la que se puede acceder sin haber cotizado ni un solo día. Es crucial conocer las condiciones, ya que en otros supuestos, la Seguridad Social suspende la pensión de jubilación si no se comunican los cambios pertinentes. Esta prestación, conocida como pensión no contributiva de jubilación, no depende de las cotizaciones, pero exige cumplir otros requisitos. El primero es tener al menos 65 años de edad. Además, es imprescindible haber residido en España durante un período de 10 años contados a partir de los 16 años, de los cuales al menos dos deben haber sido consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Al tratarse de una ayuda de carácter asistencial, está destinada a personas en situación de vulnerabilidad. Por ello, el requisito fundamental es demostrar una carencia de rentas. En 2025, el límite de ingresos para un solicitante individual se ha fijado en 7.905,80 euros anuales. No cumplir con la declaración de ingresos puede llevar a situaciones en las que se obliga a devolver dinero a la Seguridad Social, como le ocurrió a un pensionista que no comunicó sus ingresos extra. El cómputo de ingresos se vuelve más complejo si el solicitante convive con familiares. Si la convivencia es con el cónyuge o parientes consanguíneos de segundo grado, el umbral de rentas de la unidad familiar no debe superar los 13.439,86 euros para dos convivientes, 18.973,92 euros para tres o 24.507,98 euros para cuatro. Las cifras cambian si entre los parientes se encuentran los padres o hijos del solicitante. En estos casos, los límites son más elevados: 33.599,65 euros anuales para dos convivientes, 47.434,80 euros para tres y 61.269,95 euros para cuatro. Estas medidas buscan adaptar la ayuda a las diferentes estructuras familiares y sus necesidades económicas. La cuantía de la pensión no contributiva se determina según las rentas personales y las de la unidad de convivencia. Para 2025, la cuantía íntegra es de 564,70 euros mensuales (7.905,80 euros anuales), mientras que la mínima se sitúa en el 25% de esa cifra, es decir, 141,18 euros al mes (1.976,45 euros anuales). "Solo pueden acceder aquellas personas que demuestren una vulnerabilidad económica", recuerdan desde el sistema. La ley garantiza una protección mínima incluso cuando se tienen otros ingresos. Si una persona beneficiaria tiene ingresos propios que superan los 2.767,03 euros anuales, la pensión se reduce. Sin embargo, "nunca se podrá cobrar por debajo de ese límite mínimo de 1.976,45 euros anuales". Por otro lado, en el caso de que en un mismo domicilio convivan varios beneficiarios de esta pensión, la cuantía individual se ajusta: 480,00 euros mensuales si son dos y 451,76 euros si son tres. Esta pensión se concede de forma indefinida siempre que se mantengan los requisitos. Para verificarlo, los beneficiarios deben presentar una declaración anual de rentas durante el primer trimestre del año. La correcta gestión y la financiación de las pensiones en 2026 es un pilar fundamental para la sostenibilidad del sistema. Aunque depende de la Seguridad Social, la gestión recae en las Comunidades Autónomas y el IMSERSO.