La Ley 116 de 20 de diciembre de 2013, Código de Trabajo, declara los días 31 de diciembre y 2 de enero como feriados y el 1 de enero como día de conmemoración nacional. Recesan las actividades laborales excepto las relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos, señala el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. The post Trabajo y Seguridad Social informa sobre tratamiento laboral y salarial para días de fin e inicio de año first appeared on Cubadebate .