El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso presentado por la defensa de una mujer venezolana que fue condenada junto con su marido a penas de algo más de 46 años por varios delitos relacionados con la explotación sexual de mujeres de este país latinoamericano en varios prostíbulos de Barcelona. El alto tribunal rebaja las penas en un total de cinco años de prisión al considerar que uno de los delitos que se les atribuye, el de inmigración ilegal, debió ser aplicado como delito continuado en vez de establecerse penas por cada una de la siete mujeres que eran tratadas como esclavas sexuales.