Las exmonjas de Belorado serán desalojadas del monasterio el 10 de febrero en caso de no haber abandono voluntario previo

El Juzgado de Briviesca ha fijado el próximo 10 de febrero como fecha para el desalojo de las exreligiosas de Belorado que aún permanecen en el monasterio, según dos resoluciones judiciales recientemente notificadas. La información ha sido comunicada por la Oficina del Comisario Pontificio de los Monasterios de Belorado, Orduña y Derio tras conocerse las últimas decisiones del tribunal. Ambas resoluciones establecen que el desalojo debe producirse en el plazo de un mes y que no puede ser suspendido ni alterado por ningún recurso. El primer documento es un auto de ejecución provisional, fechado el 30 de diciembre de 2025, dictado por el Juzgado de Instancia número 1 de Briviesca. En él se ordena que el Monasterio de Santa Clara quede “libre y expedito” y que la posesión del inmueble sea entregada a la comunidad de Clarisas, reconocida judicialmente como parte ejecutante. El auto concede a las exreligiosas de Belorado un plazo de un mes para abandonar voluntariamente el edificio. En caso de no hacerlo, se advierte expresamente de que se procederá al lanzamiento forzoso. Además, el tribunal deja constancia de que contra esta resolución no cabe recurso alguno, lo que la convierte en una orden judicial firme. La segunda resolución, un decreto dictado el 5 de enero de 2026, concreta las consecuencias de un posible incumplimiento. En él se establece que, si no se produce la entrega del inmueble dentro del plazo fijado, el lanzamiento tendrá lugar el 10 de febrero a las 9:30h. Aunque este decreto sí puede ser recurrido en revisión, el propio texto judicial aclara que la interposición de dicho recurso no suspende sus efectos. Esto significa que todas las actuaciones seguirán adelante sin interrupciones y que no se podrá actuar en sentido contrario a lo ya resuelto por el juzgado.