Sara Bravo, abogada, sobre cómo deben repartirse las herencias: «No puedes hacerlo como quieras»

El reparto de una herencia puede generar más sorpresas de las que uno esperaría. No son pocos los que llegan al notario convencidos de que pueden decidir libremente el destino de todos sus bienes, y se encuentran con límites legales muy claros que no dependen de su voluntad. Pero ¿Cuáles son estos? Sobre este tema ha hablado recientemente la abogada Sara Bravo, especialista en derecho de familia, herencias y arrendamientos, que divulga contenidos jurídicos en redes sociales. En uno de sus últimos vídeos explica cómo se suelen repartir las herencias. Tal y como explica, el Código Civil establece que la herencia se divide obligatoriamente en tres partes iguales: la legítima, la mejora y el tercio de libre disposición. Cada una tiene reglas distintas y no todas permiten decidir libremente el destino del dinero o los bienes. La legítima es la parte más rígida. Está reservada a los herederos forzosos. «Son herederos forzosos los hijos y descendientes», explica la abogada. Si no existen, pasan a serlo los padres y ascendientes. Además, el cónyuge viudo tiene derecho a un usufructo, es decir, a usar y disfrutar de una parte de la herencia aunque no sea propietario pleno. El segundo bloque es el tercio de mejora, que también va destinado a los hijos o descendientes. Aquí sí existe cierto margen. «Puedes repartirlo entre ellos o mejorar a uno en concreto», señala Bravo. Si no se dice nada en el testamento, este tercio se reparte por igual, pero el testador puede beneficiar expresamente a uno de los hijos. Por último está el tercio de libre disposición, que es el único completamente libre. «Este se lo puedes dejar a quien tú quieras», aclara la letrada, ya sea un familiar, un amigo o incluso una ONG. Para entenderlo mejor, pone un ejemplo claro una herencia de 90.000 euros con dos hijos se divide en tres tercios de 30.000 la legítima garantiza 15.000 a cada hijo, la mejora puede repartirse o concentrarse en uno solo y la libre disposición se asigna libremente, mientras que al cónyuge le corresponde el usufructo del tercio de mejora.