Avalancha de solicitudes para el bono alquiler de la Junta: 6.785 solicitudes en seis horas

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía ha recibido 6.785 solicitudes en las primeras seis horas desde la apertura este martes, de 16,00 a 22,00 horas, para acceder a las nuevas ayudas del Bono Alquiler Joven. El plazo de solicitud se cerrará de manera provisional cuando se alcancen 15.000 solicitudes. Según fuentes de la Junta de Andalucía consultadas por Europa Press, se han registrado además 3.597 borradores , es decir, solicitudes en proceso. Esta cifra supera en 1.048 solicitudes presentadas el mismo tramo horario de la convocatoria anterior, que a estas horas contabilizaba 5.737 solicitudes. Desde la administración han asegurado que el proceso está transcurriendo «bien» y sin incidencias técnicas. La reapertura de la convocatoria se ha producido tras la ampliación de los fondos en 34,2 millones de euros. En las dos convocatorias anteriores se tramitaron 24.463 solicitudes , de las cuales 17.418 fueron favorables, según los datos facilitados por la Administración. El Gobierno andaluz, en previsión de que llegarían más fondos estatales para las ayudas del Bono Alquiler Joven, diseñó «hace años» las bases reguladoras de estas subvenciones para que se pudiera «abrir y cerrar de forma provisional» en función del número de solicitudes y del presupuesto disponible. La Junta agiliza con esta fórmula una tramitación que, como se comprobó en la primera edición, es «compleja» por los criterios «impuestos» desde el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Esta convocatoria, con ayudas de 250 euros mensuales, va dirigida a jóvenes de entre 18 y 35 años, que viven en alquiler y tienen ingresos menores a tres veces el Iprem si es una persona y de cuatro veces el Iprem si es unidad familiar. La vivienda o habitación alquilada constituirá la residencia habitual y permanente del solicitante durante el periodo subvencionable y debe ser acreditado mediante empadronamiento municipal. Si es una unidad familiar, se requerirá el certificado de empadronamiento colectivo de los miembros de la familia. Los solicitantes aportarán en la documentación un contrato de alquiler de la vivienda o cesión de uso o un compromiso de contrato suscrito por arrendador y arrendatario que recoja las condiciones esenciales del contrato. En caso de arrendamiento parcial, si no constata en el contrato la cuota de participación, se aportará declaración responsable. Las rentas de los contratos tendrán un límite máximo de entre 900 y 600 euros en función del municipio y el tipo de contrato. Asimismo, la renta máxima por habitación para la concesión de estas subvenciones oscila entre los 380 y 300 euros. El límite de renta no tendrá en cuenta otros gastos que puedan estar incluidos en el contrato, como trastero, garaje o gastos de comunidad. La participación se establece por orden de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de llegada. Las solicitudes se realizarán exclusivamente de manera telemática a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (Veaja). Para acceder es necesario disponer de certificado digital y tener instalado el programa de AutoFirma del Estado.