Edgar Martínez Arroyo, integrante del Mecanismo de Protección de Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos del Estado de Morelos quedará fichado por un año en el registro nacional del INE por violencia sexual, verbal y simbólica en contra de una excandidata a jueza, a quien amedrentó exigiéndole renunciar a la dirección de este mecanismo por su participación en la elección judicial.El Tribunal Electoral acreditó que las presiones del “periodista y defensor de derechos humanos” en Morelos se dieron con expresiones sexuales, misóginas, sexistas y estereotipadas.A pesar de que la denunciante presentó evidencias irrefutables como conversaciones telefónicas que acreditaban las expresiones violentas de Martínez Arroyo y desde el proceso electoral el INE le concedió medidas cautelares, el Tribunal Electoral se tomó siete semanas por encima de los plazos que le obliga la reforma judicial, para retomar el asunto que dejó en suspenso el 26 de noviembre del año pasado.En esa sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el magistrado presidente Gilberto de Guzmán Bátiz presentó un proyecto que proponía descartar violencia política de género y retirarle las medidas de protección a la denunciante que pidió la protección de sus datos personales.El resto del pleno, rechazó la propuesta y exhibieron que estaban privadas “las amenazas veladas” del denunciado, las magistrada Claudia Valle Aguilasocho y Mónica Soto, así como el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón insistieron en que el TEPJF no podía dar marcha atrás en la lucha contra la violencia política de género, por lo que el magistrado presidente propuso retirar su proyecto y elaborar.Felipe Fuentes señaló que expresamente se debía aclarar que esto suspendería los plazos legales, pues la reforma judicial impuso 24 horas para la resolución de estos asuntos, lo que se cumplía en esa sesión, pese a la premura, pasaron siete semanas para tener una nueva propuesta, votarla y resolver las peticiones de la denunciada.El asunto se basa en expresiones telefónicas pero también de manera expresa y personal que la excandidata recibió de Edgar Martínez Arroyo, en las que la señala de no poder estar participando en la elección judicial y asumir la dirección del Mecanismo de Protección de Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos del Estado de Morelos al mismo tiempo.A compañeros les hizo comentarios sobre la denunciante de índole sexual y personal, y a ella le dijo frases como “te quiero mucho, pero tienes que decidir si decides irte a tu candidatura o seguir laborando aquí”. La magistrada Mónica Soto y el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón reconocieron que el magistrado presidente Gilberto de Guzmán Bátiz presentara un proyecto que ahora sí, con el cambio de criterio, tenía “un análisis y una metodología con perspectiva de género en el juzgar” como lo hace el TEPJF.Soto destacó que Martínez Arroyo incurrió en violencia sexual, simbólica y verbal con la intención de amedrentarla y someterla a un ambiente laboral hostil.“La utilización de las frases denunciadas se dieron en un contexto de opresión en perjuicio de la denunciante por su posición de candidata, con la finalidad de anular el ejercicio de sus derechos político-electorales; limitar también su participación en el proceso de esta elección sin justificación, lo que trasciende y afecta el derecho a la libre participación política y también de manera libre de violencia.“La denunciante fue denostada con violencia sexual, verbal y simbólica por el simple hecho de ser mujer, con la finalidad de crear un ambiente hostil en que, ante la amenaza de que pudiera o se le pidiera su renuncia, optara por no participar en la contienda”.Con el cambio de criterio ante las observaciones de sus pares, De Guzmán Bátiz reconoció que las expresiones que enfrentó la denunciante sí fueron de carácter sexual, misóginas y estereotipadas, con la finalidad de ejercer violencia política y menoscabar los derechos de la quejosa.“Tuvo la finalidad de menoscabar y obstaculizar la campaña electoral de la denunciante al amedrentarla con solicitar la renuncia del cargo que ella ostentaba por consideraciones que resultaban del todo injustificadas. Asumiendo que la denunciante no tenía capacidad para ejercer un cargo y ostentar, simultáneamente, una candidatura. Ello reproduce estereotipos sexistas que cuestionan las capacidades de las mujeres en el ejercicio de cargos públicos, pero sobre todo en la toma de decisiones”.Con el voto en contra del magistrado Felipe Fuentes, el único que consideró que no se acreditaba violencia política de género, Edgar Martínez Arroyo quedará inscrito por un año en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género del INE, también se le impuso una multa económica, le ordenaron la lectura de materiales especializados para que lo orienten en cómo se debe fomentar una vida libre de violencia y discriminación hacia las mujeres.Además de tomar un curso de Violencia Política de Género y cómo evitar la reincidencia en conductas o expresiones micromachistas, misóginas o cualquier tipo de violencia hacia las mujeres.Y como reparación del daño una disculpa pública a la afectada, mientras que el Consejo General del INE determinará la ampliación de la protección que ya se le concedió a la denunciante desde que inició la queja y se le concedieron medidas cautelares.EHR