La Justicia obliga a indemnizar a un empleado despedido por quedarse el cambio de la máquina de café

Perdió el trabajo por un malentendido con el cambio de la máquina de café, pero ahora la Justicia ha obligado a su empresa a pagarle una indemnización. Es lo que le ha ocurrido a un hombre en la provincia italiana de Brescia, al que ahora la compañía para la que trabajaba desde hacía 14 años deberá abonar 18 meses de sueldo . Los hechos ocurrieron en junio de 2024, cuando el hombre fue a la máquina de café durante un descanso en el trabajo y no recibió el cambio, 1,60 euros. Al día siguiente, cuando el técnico acudió a la compañía a arreglar el aparato, el empleado afectado cogió el dinero adeudado y se marchó. Sin embargo, un compañero presenció la escena y le recriminó que se llevara las monedas . El colega le reprochó haber cogido el dinero sin que el técnico se diera cuenta, y, ante la duda, el hombre devolvió el cambio. Sin embargo, la discusión entre ambos llegó al responsable de personal, y, un par de semanas después, el afectado por el problema de la máquina recibió una carta de despido de la empresa , para la que llevaba trabajando casi 15 años. El motivo: « Haberse aprovechado de la distracción de un operario de los distribuidores automáticos, presente en la empresa, para apropiarse indebidamente de parte del dinero al sustraerlo de la caja». Ante la sorpresa, el empleado optó por impugnar el despido ante la Justicia. Ahora, el Tribunal de Brescia ha dado la razón al trabajador, al considerar el despido «completamente desproporcionado» , y ha condenado a la compañía a indemnizarlo con 18 meses al reconocer la rescisión del contrato laboral. Dado que el hombre ni siquiera había solicitado la reincorporación a su puesto, aceptó el dinero. «El despido se considera objetivamente desproporcionado con respecto a la gravedad de la conducta general del empleado», ha señalado la jueza responsable del caso, que ha apuntado que no fue posible probar el consentimiento del técnico . No obstante, considera que este punto no es verdaderamente relevante, sino que lo importante era saber si este gesto del trabajador supuso consecuencias graves para la marca. La jueza se ha pronunciado también sobre la acusación de la firma, que aseguró que el trabajador había empujado e intimidado a su compañero: «Es necesario, en primer lugar, señalar el carácter general de la acusación, sin ninguna referencia específica». En este sentido, considera que el hombre fue «grosero pero no amenazante» .