Hace ya tiempo que, con ocasión de una relectura del Quijote en la edición publicada por el Instituto Cervantes y Crítica bajo la dirección de Francisco Rico, pude apreciar en toda su dimensión algo que hasta entonces me había pasado bastante desapercibido: la riqueza jurídica de la obra culminante del genio de nuestras letras. La variadísima trayectoria vital de Cervantes, «acumuló a lo largo de su vida una experiencia personal de una gran riqueza y gran complejidad» afirma Muñoz Molina, que se refleja en el Quijote entra a menudo en contacto con el mundo de lo jurídico entendido ampliamente. A eso se suma que en los años en que vivió Cervantes «creciera inusitadamente –escribe Muñoz Machado – el estamento de los letrados y también la técnica de la anotación y la aplicación de sus glosas y comentarios, las citas continuas de sus criterios». No es, pues, nada extraño que la mente despierta y la sensibilidad absorbente del alcalaíno se empapara del lado jurídico de la realidad que lo rodeaba y la volcara en el Quijote y en otras obras suyas. El contacto personal de Miguel de Cervantes con lo jurídico, del que más adelante esbozaré algunas pinceladas, es, por otra parte, algo que viene de lejos en su familia. Su abuelo Juan de Cervantes «estudió leyes, llegó a teniente de corregidor y desempeñó diversos cargos públicos en diferentes pueblos y ciudades, Alcalá entre ellos. La vida de don Juan de Cervantes –añade Trapiello– parece sacada de una de las novelas del nieto. Se la pasó pleiteando. A veces por los demás, otras por cuenta propia». Tampoco su padre, Rodrigo de Cervantes , quedó ajeno al tufillo de los juzgados, ya que, perseguido por los acreedores, arrastró a la familia a un peregrinar por España con escalas en Cabra, Sevilla y Madrid. Con estos antecedentes familiares y ya en Madrid, Cervantes –tras entrar en contacto con Juan López de Hoyos y mantener algún tipo de relación con quien acabaría siendo influyente secretario de Felipe II Mateo Vázquez– agredió a Antonio de Sigura, un turbio personaje con relaciones en la corte, por lo que el 15 de septiembre de 1569 se dictó una orden de búsqueda y captura contra él, acusado de haber herido con derramamiento de sangre a Sigura. Cervantes abandona España para no afrontar estos problemas con la justicia y, tras su etapa en Italia y Argel, de nuevo en Madrid en las Navidades de 1580, «dejando atrás los recuerdos de su juventud, decide que tiene que rehacer su vida buscando el amparo regio», señala Fernández Álvarez. Pero buscar el «amparo regio» equivale enfrentarse con una faceta de la relación de Cervantes con el Derecho: hacerlo con una de las más espesas capas que rodean a Felipe II y Felipe III, la de los que ejercen el oficio de las letras tal como es entendido en el Quijote, es decir, con el mundo de los juristas, más bien de los leguleyos y burócratas. En sus intentos de progresar, en los que lo más probable es que acudiera sin resultado a su conocido de juventud, el ya muy situado Mateo Vázquez, fracasa con la férrea coraza de la corte y de los titulares del oficio de las letras. Se pasa varios años, hasta la segunda parte en 1587, dando bandazos con ocasión de negocios propios o ajenos que lo llevan a Sevilla, Madrid y Toledo, y con este motivo se tropezará por doquier con el derecho, como es el caso de los apoderamientos que tiene que otorgar a Catalina de Palacios, su mujer, para asuntos familiares con dimensión jurídica. A mediados de 1587, Antonio Guevara, proveedor e intendente general de la Armada Invencible, comisiona a Miguel de Cervantes como requisidor de aceite, cebada y trigo, lo que trae consigo que tenga que ocuparse de labores burocráticas con alguna veta jurídica. Cervantes maneja fondos públicos, se ve obligado a dar razón de cómo lo hace y recibe acusaciones serias de malversación de fondos y de fraude a la Hacienda real; a la postre, termina en un proceso penal del que, por fin, sale indemne. Después de varios intentos fallidos de obtener destino que merezca la pena en las Indias, tiene que aceptar el desempeño de la función de recaudador de alcabalas y tercias de la mano de Agustín de Cetina, uno de los muchos contadores que engrosan las filas que contribuyen al funcionamiento premioso de la Hacienda de Felipe II. Lo que desconocía el maestro de nuestras letras es que «salía de Málaga para meterse en Malagón», pues muchas y graves vicisitudes jurídicas le volverán a asaltar contribuyendo a nutrir el trasfondo jurídico del Quijote, entre ellas afrontar espinosos episodios penales, reintegrar a las arcas del Rey importantes sumas de dinero e, incluso, recalar con sus huesos en la cárcel real de Sevilla situada en la calle Sierpes. Superados mal que bien estos trances, Cervantes, alejado bastante del tormentoso para él mundo del derecho y de los del oficio de las letras, se sume en aquellos años en un profundo y fructífero retraimiento que a finales de 1604 da como resultado la publicación de la primera parte del Quijote y su pronto éxito. La comezón jurídica, pues, anidó en las entrañas del genio alcalaíno casi desde la cuna y sirvió para alimentar el notable trasfondo jurídico del Quijote, además de en otras entregas de su pluma. Por eso no choca y ayuda a confirmar su interés por lo jurídico el descubrimiento del que González-Barba nos dio noticia en el ABC: dos investigadores, Fernando y Joaquín Herrera, han sacado a la luz un documento del archivo de la antigua Universidad de Osuna, hoy incorporado al archivo municipal de la ciudad ursaonense, patria chica de Rodríguez Marín, uno de los grandes estudiosos del Quijote. Este documento recoge un asiento en el libro de matrículas de dicho centro universitario fechado el 1 de octubre de 1613 donde aparece la inscripción o matrícula en favor de Miguel de Cervantes, aunque, como reconoce el primero de los investigadores citados: «No consta dato alguno de Cervantes en el libro de grados, por lo cual entendemos que no continuó los estudios y no obtuvo, por tanto, el título de licenciado en leyes». Pero dejemos que la imaginación vuele. Si don Miguel hubiera construido su monumental edificio literario en contacto con la decepcionante realidad política de la España de nuestros días, no es descartable que el trasfondo jurídico habría sido todavía mayor en sus creaciones literarias. Imagínense una conversación entre don Quijote y Sancho Panza sobre las diferentes variantes de la corrupción que nos abruman, la asfixiante judicialización de la política y los frecuentes intentos de utilización política de la judicatura por unos y otros, por no mencionar más aspectos del emborrachamiento jurídico principalmente en su faceta judicial que inficiona la vida política actual. Seguro que todos estos deplorables hechos y otros muchos merecedores del mismo calificativo darían pie a que sumara nuevas páginas a la universal literatura española.