Juan Manuel López de Lemus, abogado: «La gente cree que no es verdad la Ley de la Segunda Oportunidad»

La Ley de la Segunda Oportunidad sigue siendo una gran desconocida para buena parte de la sociedad española. A pesar de que permite cancelar deudas y empezar de nuevo, muchas personas siguen pensando que «no puede ser verdad». Juan Manuel López de Lemus, abogado y CEO de Libres de Deuda, desmonta mitos y explica con claridad quién puede acogerse a este mecanismo legal y cómo es el proceso real ante los juzgados. «Más que pensar que es una trampa, la gente cree que no es verdad», explica López de Lemus. El principal problema, según el abogado, es el desconocimiento. «Es un mecanismo que en Estados Unidos lleva muchísimo tiempo funcionando y que en España existe desde 2015 , con una reforma importante en 2022 que lo hizo más accesible». La clave está en el concepto de deudor de buena fe. «La ley fija una serie de requisitos muy claros: no tener antecedentes penales por delitos económicos , no tener sanciones graves o muy graves con Hacienda o la Seguridad Social, ni derivaciones de responsabilidad», detalla. «Si cumples esos requisitos, la ley te permite empezar de nuevo». Una de las dudas más frecuentes es qué tipo de deudas pueden acogerse a la exoneración. Juan Manuel lo aclara: « La deuda se exonera prácticamente en su totalidad , excepto el crédito público». Esto significa que las deudas con Hacienda y la Seguridad Social tienen un límite. «Siempre que no sean sanciones y sean deuda ordinaria, la exoneración con el Estado está limitada a 10.000 euros », explica. Por ejemplo, «dejar de pagar la cuota de autónomos o no haber declarado la renta puede entrar dentro de ese límite». Contrario a lo que muchos piensan, no existe un único perfil de cliente. « Hay de todo », afirma el abogado. «Desde personas que han sido muy ricas y cuya empresa se vino abajo, hasta familias que viven con un solo sueldo de 1.800 euros». En el primer caso, explica, «muchos empresarios avalaron las deudas de su empresa con su patrimonio personal, y cuando el negocio quiebra, se arruinan con él». En el segundo, la situación es más cotidiana pero igual de asfixiante: «Piden un préstamo para pagar el alquiler, luego otro para pagar el anterior, y acaban debiendo 15 o 20.000 euros a 15 o 20 acreedores que los llaman todos los días». «El perfil es muy variopinto», resume, «pero todos comparten una cosa: no pueden salir solos de esa rueda». Desde Libres de Deuda insisten en que no todos los casos valen. « Tenemos un filtro muy especial », subraya López de Lemus. «Solo llevamos al juzgado a personas que realmente cumplen los requisitos y se lo merecen». El proceso comienza con un chequeo inicial: «Dime qué tienes, qué no tienes y cuáles son tus deudas». La mayoría de los casos que gestionan son concursos sin masa, es decir, personas que no tienen patrimonio . «Si vemos que es viable, lo ponemos en conocimiento del juzgado con total transparencia». La recopilación de documentación es clave: «Hay que acreditar que eres un deudor de buena fe y que tus deudas cumplen los requisitos que marca la ley». Una vez el juez concede la exoneración, el trabajo no termina. «La ley permite que esa exoneración pueda revocarse durante tres años por causas muy concretas», explica. Por eso, el despacho sigue acompañando a los clientes. «Hay que comunicar la resolución a todos los acreedores, sacarlos de ficheros como el RAI y gestionar a los que siguen llamando», señala. « Muchos siguen acosando incluso con la deuda ya cancelada ». Ese acompañamiento genera un vínculo especial. « Al final casi se convierten en amigos », concluye López de Lemus, destacando el alivio que supone para estas personas pasar de la angustia constante a tener, por fin, una segunda oportunidad real.