Piden un año de prisión para una madre que mantenía relaciones con un hombre con su hija bebé en la cama

Una mujer se ha sentado esta semana en el banquillo de la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña acusada de mantener relaciones sexuales con un hombre en presencia de su hija menor de edad, que no superaba los dos años. La procesada ha reconocido los hechos pero ha reiterado en el juicio que "no era consciente del daño que le podía hacer". Los hechos, según el escrito de calificación del Ministerio Público, ocurrieron entre los años 2021 y 2022 en el domicilio de la acusada en la localidad coruñesa de Carballo. La mujer mantuvo relaciones sexuales con un varón mientras su hija, de entre uno y dos años, estaba sentada en la misma cama. Como medida cautelar, un auto de enero de 2024 ya había acordado la atribución exclusiva de la patria potestad y la custodia de los dos hijos menores de la mujer a su padre. La Fiscalía, que presentó la denuncia en febrero, considera los hechos un delito de exhibicionismo y solicita para la mujer una pena de un año de cárcel. También pide la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de sus hijos y de comunicarse con ellos durante cinco años. "Es un delito lesivo para los intereses de la menor", ha argumentado la fiscal, que ha añadido que lo sucedido "puede afectar al futuro desarrollo personal y afectivo" de la niña, a la que le presupone "cierta capacidad para visualizar y recordar imágenes". Por su parte, la acusación particular, que representa al padre de la menor, eleva la petición hasta los dos años de prisión. El letrado ha sostenido que "en todo momento, la madre era consciente de que la hija estaba allí y podía verse afectada por los hechos". Ha asegurado además que el suceso va "más allá de un único delito de exhibicionismo" y que, "aunque diga que es un hecho aislado, no era la primera vez que desarrollaba esas actividades". La defensa de la procesada, en contraposición, pide la libre absolución. El abogado ha basado su argumentación en que "la presencia física de un bebé de corta edad no es suficiente en el ámbito del delito penal". Según ha explicado, la ley "no castiga la mera visión, sino la exhibición obscena con capacidad de percepción relevante", y ha recalcado que la niña "carecía de madurez cognitiva ni comprensión del acto sexual" en el momento de los hechos. "Sin percepción consciente no hay delito", ha insistido el letrado, que ha concluido apuntando que "no existe daño psicológico ni en el desarrollo de la menor acreditado" por ningún informe.