La justicia avala el despido de un trabajador al que pillaron en el Rocío en horas sindicales

Escaquearse en el trabajo puede costar caro y más si se hace para ir al Rocío o al cumpleaños de un cuñado. Es el caso de un delegado sindical que pidió varios días de permiso en la empresa que trabajaba para supuestamente para realizar labores sindicales. Luego utilizó esos días para irse de romería o a un cumpleaños. El resultado fue que unos detectives contratados por la empresa en la que trabajaba lo pillaron in fraganti: en la aldea almonteña , con sombrero, con tamborileros, cantando y bailando. E incluso con un cubata en la mano. Los jefes decidieron despedirlo y ese despido ha sido avalado por los tribunales después de que el hombre decidiera presentar una demanda contra la empresa en cuestión y reclamarles 30.000 euros de indemnización. Ahora la Justicia, ha avalado la decisión de la empresa en una sentencia dictada por la sección de lo social del Tribunal de Instancia de Huelva número 1, que desestima la demanda del onubense contra la empresa Minas de Aguas Teñidas, Matsa, y considera procedente el despido y que el comportamiento del trabajador fue «grave y culpable» ya que transgredió «la buena fe contractual» que establece el Estatuto de los Trabajadores. Los hechos ocurrieron en los meses de mayo y junio de 2024. El hombre, que prestaba servicio en la empresa minera onubense, era representante sindical desde el año 2009 desarrollando con normalidad su actividad sindical.   Lo que ocurrió fue que pidió a la empresa permiso retribuido desde el 15 al 19 de mayo de 2024 alegando la necesidad de atender a una familiar por intervención quirúrgica. Esa familiar, que trabajaba en la misma empresa, fue intervenida en un hospital de Huelva el 9 de mayo de 2024 para ser intervenida pero fue dada de alta el 11 de mayo, tras lo cual le mandaron reposo. Al marido de la trabajadora intervenida, que trabajaba también en la misma entidad, le habían dado un permiso retribuido para cuidarla. Por ello Recursos Humanos comunicó al trabajador que no se daban los requisitos legales del permiso solicitado, requiriéndole su incorporación a su puesto. Tras ello el hombre comunicó a la empresa por correo electrónico el uso del crédito sindical el día 15 de mayo en su condición de delegado sindical. Luego, en otro correo, también comunicó que haría uso de los días 18 y 19 de mayo para lo mismo. Igualmente solicitó horas sindicales para los días 19 de junio-tras denegársele un permiso- y 5 de julio de 2024 de madrugada. Sin embargo la empresa sospechaba que iba a emplear su crédito horario para una finalidad distinta a la que debía. Por ello decidió contratar a una agencia de detectives ante la sospecha de la responsable de Recursos Humanos de que el hombre «utilizaría su licencia sindical para fines personales». Y así fue. El seguimiento se hizo durante los días 18 de mayo, 19 de junio y 5 de julio de 2024 en espacios públicos donde el trabajador no pudiera entender vulnerado ningún derecho y especialmente en lugares de gran afluencia de personas. ¿Cuáles fueron los resultados de ese espionaje? El hombre fue localizado cogiendo un autobús desde una casa de hermandad de una localidad onubense con destino a la romería de El Rocío donde permaneció todo el día realizando actividades lúdicas propias de la fiesta mariana acompañar a su hijo y a su sobrino, ambos menores de edad, que eran alumnos de una escuela de tamborileros y que actuaban ese día en el Rocío. En el proceso judicial se cuestionaba si es posible que un empresa pueda contratar a detectives para realizar seguimiento a delegados sindicales cuando los mismos solicitan permisos para la realización de tareas -supuestamente- sindicales. Y la sentencia es rotunda en este sentido con apoyo de varias sentencias del Tribunal Supremo que avalan este tipo de seguimientos cuando existen sospechas fundadas, pues no existe otro medio para las empresas que les permita verificar si estos permisos se usan para los fines previstos. De hecho, en este caso el trabajador fue visto en el aldea almonteña con atuendo rociero, con una funda de guitarra a sus espaldas, cantando y bebiendo -una bebida transparente en un vaso de tubo- por las distintas casas que conforman la aldea. Llegó a casa sobre las 2 de la madrugada. Esa no fue la única vez que utilizó esas horas sindicales para otros menesteres. Luego también lo hizo en otros dos días para asistir a una fiesta de un 50 cumpleaños y para acompañar a su suegra al médico. Concretamente, el 18 de junio de 2024, envió otro correo a la empresa solicitando horas sindicales para el 19 de junio siendo visto finalmente por el detective ese día destinando el permiso sindical para acompañar a su suegra al médico. También el 3 de julio de 2024 solicitó por correo electrónico horas sindicales para la madrugada del viernes 5 de julio de 2024. ¿Qué hizo en realidad? Fue visto en camiseta y pantalón corto por la calle y por la noche acudió al 50 cumpleaños de su cuñado celebrado en el bar de la piscina municipal de una localidad onubense. Y luego publicó en su estado de Wasap una fotografía del evento . Por ello la empresa decidió abrirle expediente disciplinario el 9 de julio. El propio trabajador reconoció los hechos después de que le abrieran un expediente disciplinario. «Sin quitarte tu parte de razón, te pido que somos personas y aprendemos de nuestros errores y se pueden solucionar. Tan fácil como aplicarme una sanción», decía pidiendo que el asunto se zanjara. Sin embargo, decidieron despedirlo y así se lo comunicaron el 15 de julio. Entre los argumentos que daba la empresa destacaba que la utilización de estos permisos de horas sindicales para cuestiones personales perjudicaban directamente a los trabajadores a los que representa como delegado sindical. Además de que, a pesar de la preocupación que tenían los superiores jerárquicos por no tener con quien cubrir su ausencia y que ello podría tener consecuencia en la operativa de la planta, permaneció «impasible» a dicha preocupación. Y también que había dicho que «necesitaba» todos los días consecutivos para cuidar un familiar cuando en realidad lo que hizo fue «irse a El Rocío a realizar actividades de ocio y esparcimiento con fines lúdico festivos y personales». Pero no realizando funciones representativas para las que había solicitado las horas sindicales. La sentencia establece que la conducta fue «transgresora de la buena fe contractual» ya que hizo uso de los derechos que le confiere la legislación sindical para «una finalidad distinta» (ir al Rocío) a la que fueron concebidos dichos derechos. La Justicia considera que esa conducta fue contraria «a los más elementales deberes de fidelidad y lealtad» a la empresa, recuerda que mintió y que la buena fe es un elemento esencial del contrato de trabajo que el hombre transgredió. Es más se considera que hizo «un uso fraudulento» del derecho sindical que le corresponde como representante sindical «sin pudor ni escrúpulo alguno por poder ser visto por otros haciendo un uso desviado del mismo» a pesar de que podía haber pedido días de libre disposición o asunto propios. «Supone una denigración de la labor sindical que debe realizar» ya que, según le recuerdan, esa labor es «la representación del sindicato en la empresa». Además fue una conducta que provocó un perjuicio al resto de trabajadores que integran la plantilla que tienen derecho a que sus trabajadores ejerciten sus créditos horarios de forma debida y correcta. Por ello se recalca que la conducta del trabajador que se fue al Rocío en horas sindicales fue fraudulenta y desleal. Un «abuso de confianza y una flagrante transgresión de la buena fe contractual y una quiebra irremediable de la confianza» que le ha salido caro. Su despido -dicen los tribunales- fue procedente. La sentencia de este caso en el que la empresa Matsa ha sido representada por el Despacho Garrigues , puede ser recurrida ante el TSJA.