El Tribunal Supremo aclara algunas de las dudas que existían en la aplicación de la denominada Ley de Segunda Oportunidad, que permite a los particulares cancelar sus deudas mediante un procedimiento concursal, como ocurre con las empresas. A pesar de que solo en la provincia de Alicante ya se han acogido a esta figura casi 5.900 personas desde que se puso en marcha esta posibilidad -la mayoría en los dos últimos años, desde que se aprobó el procedimiento exprés-, existían limitaciones que afectaban, por ejemplo, a numerosos autónomos que eran administradores de una sociedad.