Nuevas deducciones fiscales en la Renta en la Comunidad Valenciana: quiénes se benefician de las ayudas de hasta 150 euros

El Consell ha aprobado un nuevo decreto-ley que modifica la Ley 13/1997 para ampliar las deducciones autonómicas de carácter social en el IRPF. La medida eleva significativamente los límites de renta para poder acogerse a ellas, pasando de 32.000 a 60.000 euros en las rentas individuales y de 48.000 a 78.000 euros en las conjuntas. Con esta ampliación, el gobierno valenciano estima que cerca de un millón de contribuyentes podrán beneficiarse de estas ayudas. El objetivo es reforzar la equidad del sistema tributario, aliviar la carga fiscal de las rentas medias y favorecer el acceso a servicios sanitarios no cubiertos por el sistema público, como la salud mental o la atención bucodental. Las ayudas por gastos en salud incluyen una deducción de hasta 150 euros por el 30 % de los gastos en salud mental. También se introduce una ayuda de hasta 100 euros para gastos ligados a enfermedades crónicas de alta complejidad, raras, daño cerebral adquirido o alzhéimer, que aumenta a 150 euros para familias numerosas o monoparentales. Además, se contemplan deducciones para tratamientos de salud bucodental no estéticos, con un límite de 150 euros por el 30 % del coste. Para la compra de cristales graduados, lentes de contacto y líquidos de limpieza, se establece una deducción de hasta 100 euros por el 30 % del gasto. En cuanto a la práctica deportiva y actividades saludables, la deducción general es del 30 % del gasto, con un tope de 150 euros. Este beneficio se amplía para personas mayores de 75 años o con una discapacidad igual o superior al 65 %, quienes podrán deducirse el 100 % del gasto con el mismo límite de 150 euros. La normativa establece que estos conceptos son compatibles entre sí y el límite de deducción se aplica por contribuyente. Los gastos pueden ser del propio contribuyente, su cónyuge o personas que den derecho a aplicar los mínimos familiares por descendientes y ascendientes. Si dos declarantes tienen derecho a la misma deducción, la base se prorrateará entre ellos por partes iguales. Es importante destacar que no se incluyen en la base de la deducción las primas de seguros médicos, las prestaciones reintegrables por la seguridad social ni los donativos a asociaciones sin ánimo de lucro que ya disfrutan de otras deducciones. La medida tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, por lo que, según ha informado el Consell, será efectiva en la campaña de la renta que comienza el próximo 8 de abril.