Rendición de Cuentas: Sin aliento y con poco que criticar

Cada año, el presidente constitucional de la República, en virtud de lo establecido en los artículos 114 y 128, numeral 2, literal f, de la Constitución, debe rendir cuentas al país sobre la administración presupuestaria, financiera y de gestión correspondiente al año anterior. Este ejercicio democrático va acompañado de un mensaje claro sobre las prioridades […] La entrada Rendición de Cuentas: Sin aliento y con poco que criticar se publicó primero en El Nuevo Diario (República Dominicana) .