Los inquilinos de pisos en Cataluña podrán saber si su arrendador es un gran tenedor mediante su nombre o NIF

El registro de gran tenedores que pondrá en marcha el Govern de Cataluña permitirá a los inquilinos saber si el propietario de la vivienda en la que viven es un gran propietario, es decir, si cuenta con al menos diez inmuebles, o cinco en caso de que estos se encuentren en municipios declarados como zona de mercado tensionado. Para que los arrendatarios puedan consultar dicha información, que tendrá que buscarse a través de la página web de la Agència de l'Habitatge de Catalunya (AHC), deberán aportar el nombre o el número de identificación fiscal (NIF) del casero junto con un documento que pruebe que tienen un "interés legítimo" en conocer los datos, como sería un contrato de alquiler en vigor o incluso un anuncio de renta del piso. Así se indica en el borrador del decreto que hará efectivo el registro, que ha sido adelantado por el diario El Periódico. Este texto, elaborado por el Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de la Generalitat, se encontraría en estos momentos en su última fase a la espera de su aprobación final. Aparte de los inquilinos, también podrán acceder a la información sobre los inmuebles de un gran tenedor otras personas físicas y jurídicas privadas siempre que exista un consentimiento legítimo por parte del propietario o se acredite un interés suficientemente legítimo. Para determinar que existe dicho interés, el documento señala que se tendrá que completar un "procedimiento formalizado y documentado", respetando en todo momento la ley de protección de datos. En este sentido, tan solo se deberán aportar los datos estrictamente necesarios para la identificación y la AHC se encargará de garantizar la "seguridad, confidencialidad e integridad" de la información. Para ello, la Agència de l'Habitatge contará también con un registro sobre las consultas, el cual incluirá tanto datos sobre la información demandada como respecto a la identidad de la persona que haya accedido a ella. Asimismo, el decreto establece que entidades públicas como los ayuntamientos o la Agència Tributària de Catalunya (ATC) podrán acceder a la información sobre los grandes propietarios en el ejercicio de sus respectivas funciones. Las multas por no inscribirse en el registro de grandes tenedores podrán alcanzar los 90.000 euros El registro de grandes tenedores que está a punto de ponerse en marcha es uno de los acuerdos de investidura del presidente de la Generalitat, Salvador Illa, con los Comuns y se concretó en un pacto cerrado el pasado mes de octubre. Con este último se estableció que las sanciones económicas para los propietarios que deban inscribirse pero no lo hagan oscilarán entre los 9.000 y los 90.000 euros. En este registro tendrán que inscribirse todas aquellas personas propietarias de diez o más viviendas, siempre que al menos una de ellas esté localizada en Cataluña. Sin embargo, aquellas personas que dispongan de cinco o más inmuebles en los municipios declarados como zona de mercado habitacional tensionado según la ley de la vivienda también deberán estar registradas. Registro de viviendas vacías El registro de viviendas vacías...