El Gobierno impulsa el Estatuto del Becario dos años después de firmar el acuerdo con los sindicatos

El Gobierno de coalición ha impulsado este martes, dos años después de la firma del acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y los sindicatos (UGT y CCOO), el Estatuto del Becario. El Consejo de Ministros ha aprodado el proyecto de ley, formalmente denominado como "Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa", y manda la normal al Congreso de los Diputados, que podrá introducir modificaciones vía enmienda y tendrá la última palabra sobre su aprobación. La principal razón de la tardanza son las diferencias que genera el Estatuto entre Sumar, impulsor de la norma, y el PSOE. Una vez superadas estas desavenencias, el siguiente paso será la Cámara Baja, donde se antoja complicado que la coalición consiga los apoyos necesarios, más después de la ruptura con un Junts per Catalunya que ha vuelto a mostrar su cara más derechista. No obstante, Sira Rego, ministra de Infancia y Juventud, espera poder aprobar la ley porque "estamos hablando de una situación muy preocupante". "El Gobierno sigue trabajando y que cada grupo político se haga cargo de cuáles son las negativas", expone. Régimen sancionador duro Las principales problemáticas generadas por el Estatuto proceden del régimen sancionador que contempla, el cual es, a la par, la principal herramienta para evitar que se sigan replicando las misma irregularidades. Las multas más altas para las empresas podrán ir de los 120.006 a los 225.018 euros en el caso de que se produzcan infracciones muy graves en su grado máximo. Si las infracciones son consideradas muy graves, pero en su grado mínimo, las multas irán de 7.501 a 30.000 euros, mientras que en su grado medio serán de 30.001 a 120.005 euros. La propuesta contempla como infracciones muy graves aquellas que respondan a discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad y favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo. También tendrán esta consideración las que se den por circunstancias de sexo; origen, incluido el racial o étnico; estado civil; condición social; religión o convicciones; ideas políticas; orientación sexual; adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos; vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lengua dentro del Estado español. El trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación también será considerado muy grave. Obligaciones de empresas y becarios El Estatuto contempla obligaciones para ambas partes. En lo referido a las empresas, estas deberán compensar los gastos de los alumnos, en los términos previstos en el correspondiente convenio o acuerdo de cooperación, "por una cuantía mínima suficiente para compensar todos aquellos en los que la persona en formación práctica en la empresa incurra como consecuencia de esta, tales como gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención". Sobre la duración, las prácticas extracurriculares desarrolladas durante los estudios no deberán...