Comienza la cuenta atrás para la cita anual con Hacienda. La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025 dará comienzo el próximo 8 de abril de 2026, fecha en la que se abrirá el plazo para presentar las declaraciones por internet. El periodo para cumplir con las obligaciones fiscales se prolongará hasta el 30 de junio de 2026, y a partir de la fecha de inicio los contribuyentes podrán acceder a su borrador y datos fiscales en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Una de las deducciones más relevantes es la que afecta a los seguros de vida ligados a una hipoteca. Los contribuyentes pueden deducirse hasta un 15 % de lo pagado por su vivienda habitual, incluyendo la prima del seguro, siempre que la compra se realizara antes del 1 de enero de 2013. La base máxima de esta deducción es de 9.040 euros anuales y debe consignarse en la casilla 0200 del borrador. A modo de ejemplo, un contribuyente que haya pagado 5.000 euros de hipoteca y 100 euros de seguro de vida en el año podrá obtener una deducción de 765 euros en la Renta. Este beneficio fiscal reduce de manera directa la cantidad a pagar a Hacienda, optimizando la carga tributaria. Los trabajadores autónomos también pueden beneficiarse. Si un autónomo contrata un seguro de vida relacionado con su actividad profesional, puede deducirse la prima como un gasto de su actividad. El límite general para esta deducción es de 500 euros, aunque asciende a 1.500 euros para personas con discapacidad. Por otro lado, los seguros de vida vinculados a un plan de ahorro permiten desgravar parte del dinero aportado, de forma similar a un plan de pensiones. Para los menores de 50 años, el límite de deducción es de 10.000 euros, mientras que para los mayores de esa edad, el tope se eleva a 12.500 euros. Dependiendo de la naturaleza del producto, las casillas correspondientes en la declaración varían, siendo la casilla 35 para planes de ahorro, la 32 para rendimientos de pólizas de vida o la 44 para capitales diferidos. En paralelo a las deducciones, el Gobierno estudia nuevas herramientas fiscales en el mercado del alquiler. Una de las propuestas es penalizar a través del IRPF a los caseros que suban los precios al finalizar un contrato en las denominadas zonas tensionadas. Esta medida se encuentra en fase de negociación y no afectaría a la actualización anual permitida por la ley. La medida surge en un contexto de emergencia habitacional, como lo ha calificado la presidenta de la patronal de promotores de Madrid (Asprima), Carolina Roca, quien ha asegurado que "el país se encuentra en una emergencia social" y reclama seguridad jurídica para afrontar un reto que, según el sector, requerirá más de tres millones de viviendas de alquiler en los próximos quince años. Como incentivo, la normativa actual ya contempla una reducción de hasta el 90 % en el IRPF para propietarios que bajen el precio en estas zonas. No obstante, Donato Muñoz, consejero delegado de Cevasa, ha lamentado que "los alquileres protegidos son excesivamente caros por la sobrecarga de impuestos", señalando que el alquiler está penalizado fiscalmente. Actualmente, solo Cataluña, País Vasco y Navarra han declarado oficialmente estas áreas, limitando el acceso a los mayores beneficios fiscales. Finalmente, es importante recordar quiénes tienen la obligación de declarar. Están incluidos los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador o 15.876 euros de varios, así como todos los trabajadores autónomos y los titulares del ingreso mínimo vital y sus unidades de convivencia.