El Consejo Nacional Electoral (CNE) radicó una ponencia con la que se busca ratificar en todas sus partes las sanciones y multas a la campaña Petro presidente por violación de topes electorales en primera y segunda vuelta . La información se presenta a una semana de que la Fiscalía le impute cargos a Ricardo Roa , cabeza de Ecopetrol , quien fue el gerente de la campaña Petro presidente 2022-2026 . Lea también: CNE sancionó a la campaña presidencial de Petro por violación de topes por más de $3.500 millones y pide a Fiscalía investigar a Ricardo Roa La decisión se conoció después de que el CNE entró a resolver los recursos legales que interpusieron los diferentes sancionados con respecto a los hallazgos que demostraron que se sobrepasaron los topes. Fueron $3.700 millones en primera vuelta y $1.600 millones en segunda vuelta , para un total de $1.600 millones . El magistrado Benjamín Ortiz propuso desestimar los recursos de apelación presentados por los integrantes de la campaña. A su vez, planteó ratificar las multas al entonces gerente de campaña Roa y a otros directivos. El presidente Petro se pronunció en redes sociales, como suele hacerlo: “ Mi campaña no violó topes electorales. No es la oposición, mayoría en el CNE quien puede juzgarnos ”, afirmó el primer mandatario. Se trató de una respuesta a un periodista: Además de Roa , el CNE sancionó a Lucy Aydee Mogollón , tesorera, y Mary Lucy Soto , la auditora general de la campaña. Cada uno tendría que pagar una multa de más de $2.000 millones por financiación irregular y otros $2.000 millones por violación de topes electorales en la primera vuelta presidencial. Entre los recursos interpuestos están los alegatos de los abogados de Roa y Mari Lucy Soto , auditora de la Colombia Humana . Según el CNE , estos presentaron argumentos que coinciden, relacionados con la presunta falta de competencia del órgano electoral para investigar y sancionar las irregularidades de financiación. No obstante, tanto el magistrado Ortiz como Álvaro Hernán Prada desestimaron los argumentos de la defensa, lo que dejó la decisión en firme. Lea también: La ponencia radicada ante el CNE que busca revocar candidatura de María del Mar Pizarro La sanción del CNE contra la campaña Petro presidente se presentó a finales de noviembre de 2025 . Allí no solo se confirmó que esta superó de manera significativa los topes de financiación en ambas vueltas presidenciales , sino que incurrió en financiación prohibida, omisión de reportes y manipulación contable . Se trata de la primera vez que el organismo electoral impone una sanción contra una campaña presidencial en Colombia . En ese momento, el pleno del CNE aprobó la ponencia con una votación de 6 a 3 . Respaldaron la decisión Altus Baquero, Alfonso Campo, Maritza Martínez, Benjamín Ortiz (ponente), Álvaro Hernán Prada y el conjuez Majer Abushihab . En contra votaron Cristian Quiroz, Fabiola Márquez y el conjuez Jorge Acuña. Entre los desembolsos no reportados que llevaron a la superación de los topes figuran pagos a testigos electorales, donaciones de personas jurídicas y gastos de transporte aéreo. El CNE concluyó además que parte de la financiación provino de fuentes prohibidas y que se ocultaron aportes que debían ser declarados. Varios de esos aportes vinieron de organizaciones como Fecode . La Federación Colombiana de Educadores aportó $500 millones que ingresaron a través de la Colombia Humana , pese a que la ley prohíbe que personas jurídicas financien campañas presidenciales . También figuraron aportes de la Unión Sindical Obrera (USO) , omitidos en ambas vueltas, que fueron destinados a transporte, alimentación y logística . Y se reitera que, para el caso de Roa , el CNE concluyó que actuó con dolo en varias de las irregularidades, entre ellas un pago para el cierre de campaña en el Movistar Arena el 19 de junio de 2022 . La campaña reportó $150 millones , omitió $100 millones presuntamente pagados por la empresa ServiRed S.A.S. El CNE determinó que estos valores deberán ser devueltos , por tratarse de gastos posteriores al cierre oficial de la campaña y por constituir financiación de persona jurídica . investigaciones.