El ataque de un perro Shar pei en Vigo suelto y sin bozal deriva en una indemnización de 13.400 euros

El artículo 1905 del Código Civil es claro: «El poseedor de un animal o el que se sirva de él es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido». Este precepto legal es clave en todas las sentencias judiciales que se dictan por las lesiones causadas por animales. No hace falta que concurra «falta de responsabilidad» del dueño. Ni siquiera que el animal en cuestión sea peligroso. Es uno de esos supuestos en los que jurídicamente hablando existe la denominada responsabilidad objetiva: se debe reparar un daño sin necesidad de probar dolo, culpa o negligencia del causante. La responsabilidad por riesgo en estos casos, en definitiva, es inherente a la utilización de un animal. Y este artículo es el que se acaba de aplicar en un caso en el que el dueño de un perro de la raza Shar pei ha sido condenado a indemnizar con 13.409 euros a un vecino de Vigo por las heridas sufridas derivadas de una pelea canina en plena calle.