Pisos turísticos en comunidades: cuándo pueden pagar hasta un 20 % más de cuota comunitaria

Uno de los aspectos que más debate ha generado es el uso intensivo de las zonas comunes. Ascensores, portales, escaleras o garajes soportan una mayor rotación de personas cuando un edificio cuenta con pisos turísticos en comunidades de propietarios. Este incremento de uso puede traducirse en un mayor desgaste de instalaciones, más gastos de limpieza y, en general, un incremento de los costes de mantenimiento del edificio. Precisamente para dar respuesta a esta situación, la normativa actual permite que las comunidades adopten determinadas medidas. Entre ellas, destaca la posibilidad de establecer un recargo de hasta el 20 % en la cuota comunitaria para los pisos turísticos en comunidades. Este recargo no se aplica automáticamente. Debe ser aprobado por la junta de propietarios con la mayoría establecida por la legislación vigente. Se trata de una herramienta que busca equilibrar los costes derivados del uso intensivo de los elementos comunes del edificio. Es importante señalar que cada comunidad es diferente. En algunos edificios la presencia de viviendas turísticas puede ser mínima, mientras que en otros casos el impacto puede ser mayor. Por eso, las decisiones deben analizarse siempre con una visión global del funcionamiento de la comunidad. Desde la gestión profesional de fincas, el objetivo es informar a propietarios y presidentes sobre las opciones que ofrece la normativa para tomar decisiones equilibradas. Los pisos turísticos en comunidades forman ya parte de la realidad urbana, y la legislación actual intenta dar respuesta a los nuevos desafíos que plantea esta convivencia. El diálogo entre vecinos, el respeto a las normas comunitarias y una gestión adecuada siguen siendo las claves para mantener el equilibrio dentro de cualquier edificio.