Hace pocos días, el ministro de Economía dijo que los costos generados por la crisis del gas no son responsabilidad del Estado. ¿En serio? El numeral 5.8 del anexo I del contrato de concesión de transporte de gas natural por ductos, del 2000, establecía que el sistema “deberá tener suficiente capacidad de respaldo y redundancia, así como efectivos procedimientos de mantenimiento para alcanzar la disponibilidad especificada”, con el objetivo de proporcionar una disponibilidad anual de 99%.