El Servicio Canario de la Salud, condenado a indemnizar a una madre que perdió a su hijo en Gran Canaria: “Le obligaron a la fuerza”

Una historia de justicia que no borra la pérdida irreparable de haber perdido un hijo. El 14 de marzo de 2020, en plena declaración del Estado de Alarma, una paciente embarazada llegó a punto de dar a luz al Hospital Materno Infantil de Gran Canaria. Tras complicaciones y mala gestión por parte del centro, finalmente, perdió al bebé. Ahora, un juzgado de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de la Salud a pagar 200 mil euros a la afectada por los daños morales ocasionados. Eso sí, la pérdida de un hijo siempre quedará en ella. El despacho de abogados que ha llegado el caso es Henríquez y Carnero Abogados. Octavio Henríquez es uno de los abogados fundadores. Nos comenta que los profesionales sanitarios no cumplieron los protocolos establecidos para estos escenarios: “Cuando llegó al hospital pues no fue atendida conforme a los protocolos que el propio Servicio Canario de Salud tiene establecidos al efecto. No fue examinada por un especialista, simplemente se le hizo un triaje rutinario por un matrón residente y fue enviada a planta sin ningún tipo de monitorización ni examen de un facultativo”. Tuvieron en planta varias horas a la paciente sin monitorizarla ni conocer que su hijo estaba ahogándose. Finalmente, el pequeño falleció: “En planta estuvo varias horas y durante ese tiempo, el bebé estuvo sufriendo una asfixia por un nudo en el cordón umbilical que no fue detectada porque no fue monitorizada la paciente ni el bienestar fetal. No se le puso unos traductores que era un método sencillo para controlar el bienestar fetal y resulta que el bebé falleció intrauterinamente e intrahospitalariamente bajo la no supervisión de los servicios de ginecología y obstetricia”. No contentos con el incumplimiento de los protocolos, Octavio Henríquez, el abogado, detalla que obligaron a dar a luz a la paciente de forma natural a un bebé ya fallecido. Y no por una cesárea como requería la madre. Esto, como es natural, fue un proceso muy traumático para la paciente: “La madre solicitó que le extraigan el bebé mediante una cesárea, que fue denegada, dado a que en el servicio de calidad de salud abogaron por que tenía que dar a luz de forma natural y la obligaron, como dice la sentencia manu militari, a dar a luz de forma natural. Un proceso traumático de dilatación, de parto, que duró nada más y nada menos que seis horas”. Los daños morales son cuantiosos. Por ello, desde el juzgado, se ha fallado en favor de la paciente y se le indemnizará con 200.000 euros. Aun así, ella sigue en tratamiento psicológico: “Esa persona sigue en tratamiento psicológico, esto ha supuesto no solamente estos daños morales, sino que después tuvo que pasar todo esto confinada. El Servicio Canario de la Salud impidió que este duelo se se llevara de una forma acorde a los protocolos. También hay un protocolo que ha sido incumplido, que es el protocolo de autopsia fetal, en el cual está obligado que se hagan fotos y cuando se solicitan esas fotos, que todo esto ayuda a buscar una explicación y a entender lo que ha sucedido, el Servicio Canario de la Salud niega la existencia de estas fotos en un primer momento y cuando ya interponemos la demanda resulta que esas fotos sí aparecen y las aportan al juzgado”.