El borrador de reforma de los estatutos de la Agrupación de Hermandades y Cofradías de Córdoba ya empieza a tomar forma con diferencias del que se sometió a la asamblea en 2023 y no obtuvo la mayoría suficiente . Las corporaciones ya tienen el nuevo texto, al que tendrán que presentar alegaciones, si lo consideran oportuno, para que se vote en otoño. Es el fruto de muchas reuniones después de que la Agrupación presentara un primer borrador y las cofradías realizaran sus aportaciones. No todas las alegaciones, eso sí, se han recogido: varias pidieron que los hermanos mayores en ejercicio no pudieran ser miembros de la Junta de Gobierno y eso no figurará en el texto, al menos por ahora. Entendían quienes lo proponían que se eliminaban conflictos de intereses, y de hecho en la actual Junta de Gobierno hay hasta seis miembros que están al frente de sus respectivas hermandades. La propuesta no ha encontrado eco en el borrador. La comisión ha estado integrado por los redactores y una cofradía de cada jornada. Sí llama la atención que el capítulo de incorporación de nuevas cofradías a la Semana Santa no formará parte de una disposición transitoria , como había pasado desde 2023, sino que tendrá un apartado completo, el título V, y se recogerá de forma definitiva en el artículo 57. Se mantienen algunas de las líneas generales , como el haber salido en vísperas al menos diez años, y la necesidad de un cortejo de 100 hermanos para un paso y de 150 para dos. Tendrán que ajustarse a una tradición tanto en pasos como en hermanos, que deberán vestir túnica y cubrerrostro . Una de las grandes novedades está en que la Catedral no podrá utilizarse como lugar de salida (lo que ahora hace la Agonía ) o llegada (el caso de la Piedad ), por formar parte de la carrera oficial. Pero a diferencia de lo que pasaba antes, no se establecen excepciones para las que ya lo hicieran. Es algo que ya había planteado el Cabildo por voz de algunos canónigos. ¿Significa que tendrán las dos cofradías que dejar de hacerlo en 2026, si se aprueba la reforma? La normativa establece, como antes, que las «el inicio y fin de la estación de penitencia ha de realizarse en su sede canónica , salvo por causas justificadas que imposibiliten la salida y llegada a su templo». Abriría la puerta a las que lo hacen de un local cercano, como los Dolores o la Sentencia. La incorporación de una cofradía a un día concreto tendrá que aprobarse por las que ya están en la jornada, y con el dictamen favorable de la Junta de Gobierno después de haber cumplido con lo establecido en los estatutos a los que ahora se da forma. La interpretación dirá si esto se aplicará a las dos que ahora utilizan la Catedral como principio y fin. Sí se consagra que no habrá que pasar por la votación de la asamblea para ingresar. Las nuevas cofradías entrarán y se informará a las demás, pero no tendrán que pronunciarse sobre si las admiten. Una novedad importante es que la Agrupación aumenta sus funciones de arbitraje y conciliación entre las cofradías. Así, entre las obligaciones de las cofradías corporaciones está «antes de acudir a órganos diocesanos superiores someter a conciliación de la Agrupación cuantas cuestiones surjan entre las hermandades y cofradías agrupadas». Establece además el texto un régimen disciplinario de la Agrupación, con potestad sancionadora. Por eso habrá faltas leves, (falta de diligencia, descuido de las funciones y trato incorrecto) graves (incumplimiento de acuerdos de Estación de Penitencia o del deber de secreto) y muy graves, como rechazo de la fe católica o faltas graves reiteradas.