La Comisión Permanente del Consejo General del Poder ha acordado este martes ordenar al promotor de la Acción Disciplinaria iniciar un expediente disciplinario al magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, por una infracción prevista en el artículo 418.5 LOPJ, falta grave de desconsideración, en relación con las manifestaciones realizadas por éste en un foro de debate en las que aludió a la eurodiputada de Podemos y exministra de Igualdad Irene Montero de una forma ofensiva. Sin embargo, la Comisión ha decidido archivar las quejas contra el magistrado del Supremo, Ángel Hurtado, por la filtración de datos personales del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, así como la interpuesta contra el juez Adolfo Carretero por el trato dispensado a Elisa Mouliaá durante su declaración en el caso Errejón. En cuanto a Velasco, el promotor había resuelto archivar la diligencia informativa incoada a raíz de las quejas recibidas por las declaraciones del magistrado, quien según varias informaciones periodísticas dijo lo siguiente: "De repente se creyeron que estaban enseñándonos el mundo. Nos intentaron explicar que es consentir, a un jurista que llevamos desde el derecho romano sabiendo lo que es consentimiento. Y el expreso y el consentimiento tácito y los actos consecuentes. Y mil cosas más que nunca aprenderá Irene Montero desde su cajero de Mercadona ni nos podrá dar clases a los demás". En su resolución de archivo, el promotor consideraba que esas manifestaciones carecen de relevancia disciplinaria porque fueron realizadas en un foro de debate, y, por tanto, al margen de la actuación judicial; y porque en ellas abordó un tema de actualidad -el consentimiento- sobre el cual, desde determinados sectores, se venía polemizando en torno a las interpretaciones que el colectivo judicial hace de este concepto jurídico en el desempeño de su función jurisdiccional. Además, señalaba que las manifestaciones tampoco encajan en la conducta que tipifica el art. 417.2 LOPJ -dirigir a los poderes, autoridades o funcionarios públicos o corporaciones oficiales felicitaciones o censuras por sus actos, invocando la condición de juez o sirviéndose de esa condición-, ya que no consta que el magistrado hiciese invocación expresa de su condición para formular su crítica, y menos que, a tal efecto, se sirviese de la misma. La Comisión Permanente no comparte los argumentos del promotor, por lo que ha acordado ordenarle la incoación de expediente disciplinario al magistrado. La decisión se ha adoptado por mayoría, con el voto de calidad de la presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló; y han anunciado la formulación de voto particular los vocales Pilar Jiménez Bados, José Eduardo Martínez Mediavilla, Isabel Revuelta y Alejandro Abascal. Adolfo Carretero En su resolución de archivo, de un expediente que se incoó tras recibir más de 900 denuncias de todo tipo de colectivos, el promotor de la Acción Disciplinaria explica que la visión descontextualizada de tan solo una parte de la grabación ofrece una realidad inexacta o distorsionada, que no se corresponde con la que se...