La LAU, concretamente en su artículo 21, obliga al arrendador a realizar sin aumento de renta todas las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo deterioro imputable al inquilino. Esta obligación es irrenunciable y los conflictos legales recientes han reforzado que el propietario asuma gastos estructurales y de conservación.