Ignacio Solsona, abogado: "Si se tienen muchas lagunas en la vida laboral no se cobra el 100% de la pensión; no suman tiempo de cotización a la Seguridad Social y eso afecta a la edad de jubilación"

El abogado laboralista Ignacio Solsona, a través de su canal de Youtube Laboroteca, ha lanzado una advertencia sobre un asunto que afecta a la mayoría de trabajadores: las lagunas de cotización. Estos periodos de meses o incluso años sin cotizar a la Seguridad Social pueden tener un impacto muy significativo en la futura pensión de jubilación o de incapacidad permanente, aunque su efecto varía en cada caso. Para los trabajadores del régimen general, la normativa establece un mecanismo de integración de lagunas, que consiste en rellenar esos meses sin aportaciones a efectos del cálculo de la pensión. Según explica Solsona, las primeras 48 mensualidades sin cotizar se integran con el 100% de la base mínima de cotización del año correspondiente, que por ejemplo, en 2025 ha sido de 1.381,20 euros. A partir de la laguna número 49, esta integración se reduce al 50% de dicha base. Además, el abogado destaca una norma especial para mujeres. Mientras persista la brecha de género en las pensiones, ellas se beneficiarán de una integración más favorable: las primeras 60 mensualidades se cubrirán al 100%, de la 61 a la 84 se integrarán con el 80% de la base mínima, y solo a partir de la laguna número 85 se aplicará la reducción al 50%. Sin embargo, Solsona subraya un matiz crucial: este mecanismo de integración es un artificio de cálculo y no supone tiempo de cotización que se añade a la vida laboral. Esto tiene consecuencias directas tanto en la edad de retiro como en la cuantía final de la pensión. De hecho, el experto advierte de que "si se tienen muchas lagunas, no se cobrará el 100% de la pensión, se cobrará menos". Acumular demasiados periodos sin cotizar puede impedir que un trabajador alcance los 38 años y 3 meses cotizados que se exigen por ejemplo en 2025 para jubilarse a los 65 años, forzando a retrasar la jubilación hasta los 67. Del mismo modo, puede imposibilitar el acceso a la jubilación anticipada o impedir que se llegue a los 37 años de carrera necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora. Para ilustrarlo, el abogado expone dos casos. En el primero, una persona con 39 años ya cotizados que deja de trabajar durante más de dos años apenas nota el efecto. La diferencia en su pensión es de solo 13 euros porque ya supera los umbrales de años necesarios para jubilarse a los 65 y para acceder al 100% de su base reguladora. El segundo ejemplo es el de un trabajador con solo 33 años cotizados que se plantea dejar de hacerlo. En su caso, las consecuencias son drásticas: tendría que retrasar su jubilación dos años, hasta los 67, y su pensión final sería más de 400 euros inferior que si decidiera seguir cotizando, aunque fuera por la base mínima a través de un convenio especial. Esta gran diferencia se debe a varios factores, como explica Solsona. Por un lado, un periodo tan largo de lagunas provoca que muchas de ellas se integren solo al 50%. Por otro, al no alcanzar los 37 años cotizados, no se cobra el 100% de la base reguladora, y además se pierden dos años de cobro de la pensión. Ante estas situaciones, el abogado señala que "merece la pena valorar si un convenio especial puede resultar rentable, aunque sea pagándolo de su propio bolsillo, y puede tener un retorno en la pensión de jubilación". Esta opción permite al trabajador seguir sumando cotizaciones para mejorar su futuro retiro. Finalmente, Ignacio Solsona recuerda la situación de los trabajadores autónomos, quienes, como es habitual, se enfrentan a condiciones más desfavorables. Por norma general, a este colectivo no se le integran las lagunas de cotización, lo que significa que los meses sin actividad cuentan como cero euros en el cálculo de su pensión. Una reforma de marzo de 2023 introdujo una "exigua mejora", según la califica el experto. Desde entonces, los autónomos pueden integrar un máximo de 6 mensualidades siempre que estas se produzcan tras haber agotado la prestación por cese de actividad, conocida como el "paro de los autónomos".