Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: si el administrador no facilita las facturas de la comunidad, los propietarios pueden acudir al artículo 20

El artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal establece de manera clara las obligaciones que todo administrador de fincas debe cumplir respecto al acceso a la documentación comunitaria. Este precepto legal reconoce el derecho de los propietarios a consultar las facturas, balances económicos y cualquier otro documento relacionado con la gestión de la comunidad, convirtiéndose en un instrumento fundamental para garantizar la transparencia en el manejo de los fondos comunes. La negativa de un administrador a facilitar esta información constituye un incumplimiento grave de sus funciones estatutarias, pudiendo acarrear consecuencias que van desde su cese inmediato hasta la apertura de procesos judiciales.