El amor adolescente que te puede llevar a la cárcel: así funciona la cláusula Romeo y Julieta

Una relación sentimental consentida en la adolescencia puede acarrear graves problemas legales. Aunque el amor parezca el protagonista, el Código Penal español establece con claridad la edad de consentimiento sexual en los 16 años desde la reforma de 2015, que la elevó desde los 13. El abogado penalista Óscar Navarro analiza esta compleja realidad jurídica. Esta figura legal, conocida como la cláusula Romeo y Julieta, permite exonerar de responsabilidad penal en ciertos casos de relaciones con menores de 16 años. Sin embargo, para que un juez la aplique, deben cumplirse requisitos estrictos: que los implicados tengan una edad próxima y un grado de desarrollo y madurez similar. La jurisprudencia se mueve en un margen de entre dos y cinco años de diferencia, pero no es una cifra exacta y se analiza cada caso. Uno de los puntos más controvertidos es que el consentimiento del menor no siempre es válido ante la ley. Si la diferencia de edad y madurez es notable, el hecho se considera delictivo. "Aunque el menor diga que quería mantener esa relación, puede haber claramente un delito", subraya Navarro. De hecho, el Tribunal Supremo considera que una diferencia superior a cinco años ya es "claramente abultada" y, por tanto, el consentimiento "puede estar viciado". Las consecuencias penales son severas. Una relación entre un joven de 21 o 22 años y una menor de 15, incluso si es consentida, "le puede conllevar una pena de 2 a 6 años solamente el acto de besarse y tocarse un poco", explica el abogado. Si la relación incluye acceso carnal, las penas se disparan y pueden alcanzar entre los 8 y los 12 años de prisión para el mayor de edad. Ante esta situación, los padres de un menor pueden denunciar. Si descubren que su hija de 15 años mantiene una relación con un joven de 22, por ejemplo, pueden ponerlo en conocimiento de las autoridades para que se tomen medidas legales. El recorrido judicial investigará si la diferencia de edad y madurez justifica una intervención penal. En opinión del experto, la legislación actual podría ser más flexible en ciertos casos. Navarro considera que "los menores de hoy en día, a partir de 15 años, pueden tener un grado cognitivo bastante elevado" y similar al de una persona de 20 o 21 años. Por ello, propone que "antes de condenarse a alguien, en estos casos, determinar un test de personalidad" para valorar si la relación es sana y respetuosa, aunque admite que, penalmente, la eximente no se podría aplicar bajo la ley actual.