La Audiencia de Córdoba condena a nueve años de cárcel a una madre por maltratar a su bebé al que dejó en silla de ruedas

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a nueve años y un día de prisión a la madre que venía acusada junto a su marido -que ha quedado absuelto- de maltratar a su bebé desde que tenía al menos cuatro meses hasta que acabó en la UCI Pediátrica del Hospital Universitario Reina Sofía en febrero de 2016 con un cuadro de parálisis cerebral y ceguera en provocada por el zarandeo y los malos tratos físicos a los que le sometieron a su hijo desde que nació. En el juicio celebrado a finales del pasado mes de noviembre, la Fiscalía elevó a definitivo su escrito de acusación, al que ha tenido acceso ABC, por el que solicitaba para cada uno de los acusados -el padre y la madre del menor- 11 años de prisión por un delito de lesiones graves así como una responsabilidad civil tanto al menor como al Sistema Andaluz de Salud (SAS) por los cuidados médicos que tiene que recibir de por vida el menor , cifrados en más de cuatro millones de euros. La acusación del fiscal Alejandro Izuel planteada en el juicio -celebrado a puerta cerrada durante dos jornadas- en el que también estaba como acusación el letrado de la Junta de Andalucía recogía como desde los primeros cuatro meses de vida los acusados vivían junto al bebé como en una relación matrimonial y aunque la pareja de la madre no era su padre biológico se comportaba como progenitor custodio del menor. Desde una fecha que exactamente no consta, según este escrito de calificación, pero en cualquier caso desde los cuatro meses de vida, el bebé fue objeto de «maltrato reiterado por parte de los acusados con absoluto desprecio a su integridad física». El recién nacido que sólo estuvo a cargo de sus padres -sin que otra persona se hiciera cargo de su cuidado- sufrió menoscabos físicos todos de origen traumático, que continuamente lo sometían a golpes, zarandeos, movimientos bruscos... siendo agarrado en ocasiones con tal fuerza que le provocaron fracturas costales. Sin embargo, en la sentencia se recoge que sólo ha quedado acreditado que las lesiones fueran provocadas por la madre del bebé , que cuenta además con otros dos hijos. Esos golpes motivaron que el 1 de febrero de 2016, cuando el bebé contaba apenas con cuatro meses tuvo que ser ingresado en la UCI Pediátrica del Hospital Universitario Reina Sofía con traumatismo craneoencefálico grave, hemorragias intracraneales... y numerosas fracturas. Estas lesiones permitieron el diagnóstico clínico , según el fallo judicial, al que ha tenido acceso ABC, del denominado «síndrome del niño zarandeado» y síndrome de maltrato infantil continuado que provocaron alteraciones estructurales del encéfalo. Como consecuencia de estos daños irreversibles el pequeño ha quedado postrado en una silla de ruedas precisó y continúa necesitando numerosos ingresos y hospitalizaciones, además de ir postrado en una silla de control postural de por vida, y tratamientos de fisioterapia , rehabilitación, estimulación entre otros muchos cuidados y visitas médicas por las graves secuelas que le han quedado entre otras esa parálisis cerebral infantil con tetraparesia, la ceguera y parte de sordera que le afectan a todos los niveles: motor, cognitivo, lenguaje o social. Los forenses señalan que se evidencia una importante incapacidad para realizar cualquier actividad profesional en el futuro. La Audiencia ha condenado a la acusada madre del bebé además de una pena privativa de libertad por 9 años y un día, a otras penas accesorias como la inhabilitación absoluta y especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela guarda o acogimiento, así como la prohibición de aproximación y de comunicación por cualquier medio con el menor por un período de 10 años. La Sala ha fijado además una indemnización total de 3.759.285,5 euros a cargo de los responsables civiles solidarios, Patricia L. J. y su marido. De esa cantidad, 3.079.285,5 euros corresponden a la víctima —por lesiones, intervenciones quirúrgicas, secuelas, daños morales, gastos de prótesis y ayudas técnicas, necesidad de ayuda de terceras personas e incapacidad profesional— y 680.000 euros al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por gastos previsibles de asistencia sanitaria futura.