El mercado del alquiler ya estaba regulado en las zonas de mercado tensionado (ZMT), donde existen límites a los precios, referencias obligatorias -como el índice estatal IRAV para subir que en 2026 o los se sitúa en torno al 2% o el índice para fijar con sus horquillas (SERPAVI)- y restricciones a las subidas. El nuevo decreto anticrisis en vigor desde hoy, sin embargo, no añade tanto control de precios (en zonas tensionadas decreto sí prohíbe explícitamente que el casero te suba el precio metiendo gastos nuevos -como IBI o comunidad- que antes no se pagaba.) como introduce cambios en la duración de los contratos.