Cope Zaragoza
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que deben pagar anualmente todos los propietarios de un inmueble, ya sea una vivienda, un local o un garaje. Según explica Sandra Tardáguila, responsable de marketing de la inmobiliaria A 10, se trata de un impuesto que "grava la propiedad de un bien inmueble". El importe se calcula en función del valor catastral, que tiene en cuenta aspectos como la ubicación, el tamaño o la antigüedad del mismo. Este documento es "fundamental para acreditar que una vivienda está al corriente de sus obligaciones fiscales con el ayuntamiento", afirma Tardáguila. En cualquier operación de compraventa, el notario solicita el último recibo del IBI para comprobar que el pago se ha efectuado y para conocer los datos catastrales del inmueble. Cada año, el ayuntamiento emite el recibo y lo envía al propietario, normalmente a través del banco si el pago está domiciliado. La experta aclara que, en caso de necesitarlo, "puede obtenerse una copia solicitándola en el propio ayuntamiento o a través de la sede electrónica municipal", ya que su vigencia es anual. La ley establece que la persona que sea propietaria del inmueble a 1 de enero es quien debe asumir el pago correspondiente a todo el año. Sin embargo, Sandra Tardáguila señala que en muchas operaciones "comprador y vendedor acuerdan repartirlo de forma proporcional", en función de la fecha de la transmisión. El impago de este tributo puede traer serios problemas. "Si no se paga, la deuda queda asociada al propio inmueble", advierte la experta. Esto significa que el ayuntamiento puede reclamar el pago con recargos e intereses, e incluso iniciar "procedimientos de embargo si la deuda se prolonga en el tiempo". Por ello, es crucial comprobar que el IBI esté al día antes de firmar. Además del IBI, existen otros documentos importantes, como los justificantes de las transferencias. El notario exige un comprobante de los pagos ya realizados, como la señal o las arras, ya que estos importes "forman parte del precio total de compraventa, y es importante que aportes los justificantes", subraya Tardavi. La razón es que "el notario necesita verificar qué cantidad se ha pagado previamente", explica. De esta forma, en la escritura de compraventa aparecerá el precio total de la operación y el notario dará fe en el momento de la firma de que se abona el resto del importe, ya sea mediante cheque o transferencia.
Go to News Site