Cooperativa
El Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, en la región de Atacama, resolvió poner fin a una pensión de alimentos que un hombre pagaba a su hijo de 27 años , luego de establecer que este contaba con ingresos propios y no se encontraba estudiando. La obligación se había fijado cuando el beneficiario era menor de edad y posteriormente fue rebajada a cerca de $495 mil mensuales. Sin embargo, el padre continuó cumpliendo con el pago pese a que su hijo ya trabajaba, por lo que decidió recurrir a la justicia para solicitar el término de la pensión. Durante el proceso, el tribunal constató que el demandado no respondió a la acción judicial y que, de acuerdo con los antecedentes recopilados, desarrollaba una actividad laboral remunerada . Además, se verificó que no cursaba estudios superiores ni presentaba condiciones que justificaran mantener el beneficio. Con estos elementos, el juzgado acogió la demanda y decretó el cese de la pensión , estableciendo además que cada parte deberá asumir sus propios costos. En su resolución, el tribunal recordó que la ley fija este derecho hasta los 21 años, o hasta los 28 en caso de estudios, lo que en este caso no se cumplía.
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