Vanguardia
Cuando un contribuyente presenta su declaración anual y obtiene un saldo a favor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la obligación legal de devolver ese dinero en un plazo máximo de 40 días hábiles. Sin embargo, cuando la devolución no llega a tiempo, la autoridad fiscal debe pagar intereses moratorios como compensación por el retraso.
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