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Cuando se trata de apoyar económicamente a un hijo, la intención suele ser sencilla, pero el recorrido no siempre lo es. Lo que en el ámbito familiar se entiende como ayuda, en el plano fiscal puede tener implicaciones relevantes si no se articula de forma adecuada. El economista y abogado Rogelio Villalba analiza las dos principales fórmulas —donación o préstamo— y advierte de que una mala planificación puede acabar generando tanto problemas con Hacienda como tensiones en el propio entorno familiar. La opción de prestar dinero a un hijo en lugar de donarlo puede ser ventajosa, pero requiere formalidad para no levantar sospechas en la Agencia Tributaria. Rogelio Villalba subraya que es fundamental documentar la operación para evitar que sea interpretada como una donación irregular. "Si vas a prestar dinero a tu hijo asegúrate de formalizar un contrato de préstamo y legalizarlo en tu Comunidad; evitará que Hacienda lo considere una donación encubierta", afirma el experto. Además de la formalización del contrato, Villalba insiste en que la devolución del dinero es una condición indispensable. Para ello, se debe fijar un calendario de pagos realista y cumplirlo. "El préstamo debe ser devuelto según un calendario de pagos previamente establecido", recalca el economista y abogado. En el caso de optar por la donación, es importante saber que, según la normativa, "cualquier donación, incluso una cantidad pequeña, es un hecho imponible y debe declararse". No obstante, en la práctica, las autoridades suelen aplicar el sentido común y son más indulgentes con pequeños regalos puntuales que con transferencias de gran cuantía destinadas, por ejemplo, a la compra de un coche o una vivienda. Uno de los mayores desafíos a la hora de donar son las enormes desigualdades fiscales que existen en España. Las comunidades autónomas tienen transferidas las competencias sobre el impuesto de sucesiones y donaciones, lo que provoca grandes diferencias. Como ejemplo, Villalba señala que donar 800.000 euros puede no tener coste fiscal en Cantabria, mientras que en Extremadura la cifra a pagar podría superar los 170.000 euros. Por ello, es crucial informarse sobre las bonificaciones de cada región. No legalizar una donación puede acarrear graves consecuencias. Si la donación no se formaliza en un documento público cuando es obligatorio, Hacienda puede considerarlo un intento de ocultación. Esto podría derivar en sanciones de hasta el 150% del impuesto que no ha sido pagado. Para evitarlo, lo más recomendable es formalizar la operación ante notario. Desde un punto de vista tributario, suele ser más ventajoso donar dinero que bienes inmuebles. Estos últimos, según explica el experto, pagan más impuestos debido a las ganancias patrimoniales y la plusvalía que se suelen generar. Si la donación es económica, se recomienda espaciarla en el tiempo, por ejemplo, cada 4 o 5 años, para evitar una tributación acumulativa elevada. Para evitar futuros conflictos en el reparto de la herencia, si se realizan donaciones significativas en vida, se puede incluir una cláusula para que sean colacionables. Esto implica que el valor de lo donado se descontará de la parte correspondiente de la herencia, garantizando así un reparto justo entre todos los herederos. Finalmente, si el hijo no tiene capacidad económica para devolver un préstamo, la donación puede ser la opción más beneficiosa. Esta alternativa es especialmente interesante en comunidades con impuestos bajos para estas transacciones o si el dinero se destina a la compra de una vivienda habitual, ya que se podría acceder a bonificaciones fiscales.
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