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La US Custom and Border Protection tiene la capacidad legal de revisar todo dispositivo que llegue a EEUU, como ocurrió en el caso del accionista de Plus Ultra Rodolfo Reyes en mayo de 2021 EEUU tardó cinco años en enviar a España los chats del empresario venezolano que fueron claves para imputar a Zapatero En mayo de 2021 Rodolfo Reyes, empresario venezolano y por entonces accionista y consejero de la aerolínea Plus Ultra, intentó acceder a EEUU por el aeropuerto de Miami junto a su esposa. Pero las autoridades fronterizas norteamericanas le flanquearon el paso, le retiraron el visado que le permitía acceder y procedieron a subirle en un avión para mandarle de vuelta al destino de origen. No solo hicieron eso, fuentes cercanas al empresario consultadas por elDiario.es indican que fue en ese momento cuando se procedió a realizar una copia de su teléfono móvil. Ese clonado acabó el 18 de marzo de 2026 en manos de la UDEF gracias a la colaboración policial internacional y sirvió para investigar por tráfico de influencias al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero . Y dado que afecta de lleno a un procedimiento judicial inédito en España, nunca antes se ha investigado a un presidente del Gobierno, cabe preguntarse si esa interceptación del dispositivo por agentes de EEUU se ajustó a derecho. Según el portal de la US Custom and Border Protection (CBP), que viene a ser un departamento de aduanas y control fronterizo, las leyes y la jurisprudencia de EEUU avalan que se pueda inspeccionar los dispositivos electrónicos que cruzan la frontera con el objetivo de “mantener la seguridad en un mundo cada vez más digital”. Especifica que todos los viajeros que cruzan la frontera están sujetos a la inspección de la CBP aunque matizan que “en raras ocasiones” se registrará el móvil el portátil, la cámara o cualquier otro dispositivo porque ese tipo de acción va encaminada a “identificar y combatir actividades terroristas, contrabando de drogas, tráfico de personas, contrabando de grandes cantidades de dinero en efectivo, violaciones de los derechos de propiedad intelectual y fraude de visas, entre otras infracciones”. Esos registros en frontera de dispositivos electrónicos son vitales para conocer la intención de una persona cuando entra en EEUU,s egún la CBP, dado que proporcionan información adicional relevante. Pero advierte de que existen “directrices estrictas” para esas interceptaciones con el objetivo de que se lleven a cabo con “prudencia y responsabilidad”. De hecho, en esa misma página se indica que tan solo se le revisan los dispositivos a un número reducido de pasajeros -en 2025 a menos del 0,01% de los viajeros internacionales-. Esa fuerza aduanera subraya que las inspecciones de dispositivos se realizan conforme a numerosas leyes federales y reglamentos vigentes, y con el beneplácito de la jurisprudencia aplicable de la Corte Suprema de EEUU y el US Code (Código de Estados Unidos) que “reconoce la autoridad del Gobierno para realizar dichas inspecciones”. Resalta así que todas las personas, independientemente de su ciudadanía, así como todo el equipaje y las mercancías que lleguen o salgan de Estados Unidos, “están sujetas a inspección”. Prohibido el acceso a almacenamiento remoto Por otro lado, explica que existen dos tipos de inspecciones, la básica y la avanzada. La primera solo consiste en una revisión por parte del agente del dispositivo pero sin ayuda de ningún equipo externo. En cambio, la segunda supone conectar equipos al dispositivo del pasajero. Esa conexión puede ser con o sin cable y la finalidad es copiar para luego analizar el contenido. Especifica que, en realidad, se considera una inspección avanzada cuando existe “una sospecha razonable de una violación de la ley aplicada o administrada por la CBP o una preocupación de seguridad nacional”. En ese caso, el agente debe requerir la aprobación de un superior (de nivel 14 o más alto) antes de realizar la búsqueda. La CBP indica, además, que los viajeros compelidos a la inspección deben permitir el examen de sus dispositivos, y que en caso de que ese móvil esté protegido por una contraseña, cifrado u otro mecanismo de seguridad, podrá ser retenido y confiscado. En ese caso, los agentes de aduanas podrán tenerlo en cuenta a la hora de decidir qué medidas legales adoptan contra el pasajero. En la información facilitada por la CBP se destaca además un hito relevante, y es que los agentes solo utilizarán el código de acceso que sea proporcionado por el dueño del dispositivo cuando sea necesario para realizar el examen, y matiza que solo se puede usar para la búsqueda dentro del dispositivo “y no podrá utilizarse para acceder a información almacenada únicamente de forma remota”.
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