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La DGT recuerda que se trata de una infracción “muy común”, castigada con una multa económica y con la retirada de puntos del carnet La baliza V-16 en autocaravanas: también es obligatoria y dónde colocarla Para peatones y al volante. El teléfono móvil se ha convertido en el peor aliado en la carretera, porque supone un foco de distracción para todos, tanto para viandantes como para conductores, que apartan su vista para fijarse en alguna de las notificaciones que aparecen en la pantalla, pese al riesgo que conlleva para su seguridad, recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT). Tráfico lanza frecuentemente campañas de concienciación para erradicar el uso de este dispositivo en la carretera. De hecho, a través de sus redes sociales, ha llamado la atención sobre esta infracción ahora que se están produciendo miles de desplazamientos: “El uso del teléfono móvil es uno de los principales despistes al volante . Esta Semana Santa conduce con cero distracciones”. La DGT recuerda que se trata de una infracción “muy común” y que está castigada con una multa económica y con la retirada de puntos del carnet de conducir. Sin embargo, la sanción es distinta dependiendo de si el conductor agarra el teléfono móvil o toca la pantalla del mismo. Multas por utilizar el móvil El uso indebido del teléfono móvil mientras se conduce continúa siendo la distracción sancionable más frecuente al volante, recuerda la dirección dependiente del Ministerio del Interior. Utilizarlo mientras se conduce pone en peligro la vida del conductor y del resto de usuarios, también de los peatones en el caso de las vías urbanas. Sin embargo, su uso está castigado de diferente manera . Supone una sanción de 200 euros y la retirada de tres puntos del carnet de conducir si se utiliza, aun estando fijo en un soporte. La sanción es mayor si se sujeta con una mano, porque supone la retirada de seis puntos del carnet de conducir. La multa económica es la misma (200 euros). Entonces, ¿tampoco se puede poner el navegador en el teléfono móvil? Esto último sí está permitido, de acuerdo con el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, aunque también con excepciones. “Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”, detalla la norma. Sin percepción de peligro Muchos conductores no solo utilizan el móvil al volante, aunque sea de forma puntual, sino que no perciben que esa acción entrañe un riesgo para su seguridad. Así lo apunta el Observatorio Europeo de Seguridad Vial en su informe monográfico sobre distracciones al volante de 2023, donde se recoge que el 29 % de los conductores admite usarlo sin utilizar funcionalidades manos libres y un 24 % lo utiliza para leer mensajes de texto o comprobar redes sociales.
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