El Plural
El juez Juan Carlos Peinado, encargado de la investigación a Begoña Gómez -no exenta de polémica- insistía esta semana en llevar a la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ante un jurado popular para que sea quien la juzgue en caso de que llegue a ser juzgada. El togado incide en esta vía, que también afecta a la asesora de Gómez en La Moncloa, Cristina Álvarez, y al empresario Juan Carlos Barrabés, desoyendo a la Audiencia Provincial de Madrid, organismo que ya anuló su anterior resolución en la misma dirección por falta de fundamentación. Desoye a la Audiencia Provincial dos meses después El organismo judicial ya notificó hace un par de meses que Peinado no justificó lo suficiente sus argumentos para decretar el avance procesal, y ordenó retrotraer las actuaciones a un momento previo a la transformación del procedimiento en el del tribunal del jurado. Los magistrados de la Audiencia provincial advirtieron hace no tanto a la persona encargada de estudiar las actuaciones de Gómez que es insuficiente aludir de manera "genérica" a la existencia de indicios. Por el contrario, le avisaron de la necesidad de señalar las conductas que se atribuyen a cada una de las partes investigadas, lo mismo que la base indiciaria que sustenta la imputación de los delitos. El auto de entonces dejaba claro que "no es de recibo que para la incoación del procedimiento basta la mera verosimilitud y que ésta ya ha sido avalada en diversas ocasiones por esta Sala, respecto de unos hechos que presentaban base objetiva suficiente, pero en absoluto ha podido anticipar la consistencia de tesis hasta el punto de hablar de indicios racionales de criminalidad". Esto después de "año y medio de instrucción". Además, los magistrados apostillaban que "los cuatro autos que se comprenden en esta resolución carecen de la necesaria fundamentación", dado que "únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige", pero que esto no implica un "relato que comprende los indicios verosímiles a los que hacemos referencia, consecuentemente". En estos términos, la Audiencia Provincial se amparó en las sentencias STS 72/2009, de 29 de enero; 26-7-2011, nº 857/2011, relativas al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, que incorpora la de "obtener una resolución debidamente motivada". El magistrado insiste Peinado ha acumulado varias investigaciones en un único procedimiento por decisión de la Audiencia Provincial, concretamente en lo relativo a la pieza separada por posible malversación por la contratación de Álvarez y por posible tráfico de influencias en la creación de una cátedra en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Ni Gómez ni su asesora acudieron el pasado miércoles a los juzgados de Plaza Castilla. En su lugar, fueron sus abogados. Ambas han recurrido la decisión del togado solicitando el sobreseimiento de la causa. En el caso de la esposa del responsable del Ejecutivo, su abogado Antonio Camacho argumentó que el escrito de Peinado se encuentra lleno de "conjeturas" y está únicamente basado en la relación personal entre la investigada y el secretario general del PSOE...
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