Faro de Vigo
Son cientos los marineros gallegos que están pendientes a día de hoy de si podrán quedar o no exentos de tributar los primeros 60.100 euros de sus ingresos por trabajo. Es una posibilidad recogida en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en su artículo 7.P, aunque la literalidad de la norma limita su aplicación, a priori, a aquellos que están empleados por empresas extranjeras, siempre y cuando no estén radicadas en paraísos fiscales. El año pasado el Tribunal Supremo alimentó sus esperanzas de forma mayúscula cuando dictaminó que una tripulante de la Armada, aún trabajando también en un buque de bandera española, tenía derecho a esta exención fiscal por llevar a cabo misiones para la OTAN.
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